La discapacidad, si algo bueno tiene, es que hace a las personas que la sufren capaces de todo lo que esté a su alcance. Les otorga una fuerza de superación, mentalidad y una manera de enfrentarse a la vida que, difícilmente, la desarrollaría un individuo en plenitud de sus facultades físicas.
Por tanto, las personas afectadas con algún tipo de discapacidad tienen en común que, en mayor o menor medida, necesitan y están sujetas a una serie de garantías suplementarias para vivir en plenitud de derechos o igualdad de condiciones que el resto de habitantes. Esta idea se expande hacia los estándares de la vida más básicos, como el área económica, las relaciones sociales o, por ejemplo, la oferta cultural de cada país.
El paso del tiempo y el avance social ha permitido, a día de hoy, concienciar y establecer cambios en la manera de entender el fenómeno de la discapacidad y, con ello, expandir el concepto de accesibilidad. De este modo, ya se promueven y se establecen nuevos enfoques y estrategias en materia social, desde las propias instituciones, para lograr una mejor adaptación estas personas dentro de su nueva realidad.
Reconocimiento del grado de discapacidad
La discapacidad está valorada en según qué grados de afectación tiene cada persona. De esta manera, se puede clasificar y estimar si permite al individuo desarrollar determinadas funciones, de cualquier índole, o, si por el contrario, incluso, se ve forjado a solicitar la baja laboral por la incapacidad permanente total.
Para ello existen una serie de profesionales y tribunales médicos que estudian cada caso y ofrecen una resolución. En España, de acuerdo con el Instituyo de Mayores y Servicios Sociales -IMSERSO-, el dictamen para el reconocimiento de grado de discapacidad será emitido por los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento competentes y dependientes de los órganos correspondientes de las Comunidades Autónomas».
No obstante, las personas afectas de algún tipo de discapacidad tienen acceso a una serie de beneficios sociales por el reconocimiento de la anomalía que padecen y se enfrentan cada día. Por ello, si se cumplen los requisitos exigidos para otorgar una discapacidad, podrán acceder a unas determinadas ventajas.
Beneficios por discapacidad
- Acceso a las medidas de fomento del empleo para personas con discapacidad.
- Adaptación del puesto de trabajo.
- Adaptación de pruebas selectivas en el acceso al empleo público.
- Jubilación anticipada.
- Acceso a la vivienda de protección pública.
- Subvenciones y/o ayudas de carácter individual: tratamientos rehabilitadores, productos de apoyo, accesibilidad y adaptaciones en el hogar, etc.
- Tratamientos rehabilitadores y de apoyo.
- Recursos y apoyos educativos.
- Pensión no contributiva (PNC) por invalidez.
- Prestaciones económicas y sociales para personas con discapacidad: asistencia sanitaria y prestación farmacéutica y subsidio de movilidad y compensación para gastos de transporte.
- Prestaciones familiares: Asignación económica por hijo o menor con discapacidad acogido a cargo, o mayores de 18 años con un grado de discapacidad igual o superior a 65%.
- Ampliación del periodo de descanso por maternidad en los supuestos de discapacidad del hijo o menor acogido.
- Ingreso en Centros.
- Tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
- Bonotaxi.
- Reducciones en medios de transporte.
Así mismo, en relación con los beneficios fiscales, las personas que sufren algún tipo de discapacidad reconocida por la Administración, también podrán optar a las siguientes condiciones y descuentos sobre determinados impuestos:
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
- Impuesto sobre Sociedades (IS)
- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
- Impuesto especial sobre determinados medios de trasporte (IEDMT)
- Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)