El 1 de noviembre de 2024 entrará en vigor la reforma del subsidio por desempleo. Estas medidas tendrán un impacto importante en el subsidio por desempleo del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), tal y como lo conocemos actualmente.
Los derechos reconocidos antes del 1 de noviembre se mantendrán hasta que el usuario deje de cobrar el subsidio por desempleo. Posteriormente, si vuelve a tener derecho a cobrar un subsidio, se aplicarán las nuevas medidas.
Listado de cambios en el subsidio por desempleo
Desde el Gobierno de España explican que «las novedades incorporadas a través de la reforma, con la que se cumplen los compromisos adquiridos en el Componente 23 del Plan de Recuperación, tienen como propósito simplificar el funcionamiento del sistema y adecuar sus objetivos para dar más claridad, seguridad jurídica y facilitar la gestión, en especial, a los colectivos con mayor grado de vulnerabilidad y peores condiciones de empleabilidad».
✅ El #Pleno del @Congreso_Es convalida el Real Decreto-ley 2/2024, para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo.
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— SEPE (@empleo_SEPE) June 20, 2024
Así, estas son las nuevas medidas que entran en vigor el 1 de noviembre de 2024, y que supondrán una modificación del subsidio por desempleo:
- Más beneficiarios del subsidio por desempleo: Podrán acceder las víctimas de violencia de género y violencia sexual mayores de 16 años, las personas menores de 45 años sin responsabilidades familiares, los trabajadores agrarios eventuales, los españoles emigrantes retornados y los trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla.
- Aumento del subsidio por desempleo: La cuantía será equivalente al 95% del IPREM (570 euros al mes) durante los primeros seis meses de percepción; equivalente al 90% del IPREM (540 euros al mes) durante los seis meses posteriores; y equivalente al 80% del IPREM (480 euros al mes) para el resto de duración del subsidio.
- Permitirá acumular las horas retribuidas de ausencia por lactancia.
- Eliminación del mes de espera tras el agotamiento de la prestación contributiva para poder solicitar el subsidio.
- Se elimina la deducción actual en la cuantía del subsidio por trabajo a tiempo parcial.
- Se modifica el requisito de insuficiencia de renta para tener derecho a cobrar el subsidio. A partir del 1 de noviembre, la renta podrá calcularse de forma individual o por unidad familiar.
Además, desde el SEPE explican que «el colectivo de parados de larga duración se incorporará de manera prioritaria a programas y acciones de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo para su reincorporación al mercado laboral. Además, se regula la transición del cobro del subsidio al cobro del Ingreso Mínimo Vital».
Respecto a este último punto, en noviembre de 2024 también se pondrá en marcha una pasarela que permitirá pasar a cobrar el Ingreso Mínimo Vital directamente para aquellas personas que dejen de percibir el subsidio por desempleo.
Compatibilidad con el empleo
Todas las medidas descritas anteriormente entrarán en vigor en España el 1 de noviembre de 2024. Sin embargo, el nuevo régimen de compatibilidades entre las ayudas por desempleo y el trabajo entrará en vigor el 1 de abril de 2025.
Concretamente, la reforma permitirá compatibilizar un empleo o beca con el subsidio por desempleo. También se podrá compatibilizar con la prestación contributiva del paro en determinadas situaciones. Se trata de un gran beneficio para las personas en situación de desempleo.
Eso sí, la compatibilidad entre empleo y cobro del subsidio por desempleo solamente podrá prolongarse por un periodo máximo de seis meses. Es una de las limitaciones que establece la norma.
Como conclusión, desde el Gobierno de España matizan que «la reforma introduce el ‘Complemento de Apoyo al Empleo’, el instrumento de compatibilidad tanto del subsidio de desempleo, como de la prestación ordinaria, con la incorporación laboral».