Las personas con cierto grado de discapacidad pueden beneficiarse de la jubilación anticipada por discapacidad, con la que se puede acceder a la pensión con tan solo 52 años, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos.
Debemos que tener en cuenta que desde mayo de 2023 el Gobierno aprobó una serie de cambios con el fin de mejorar el acceso a la jubilación anticipada para las personas con una discapacidad superior al 45%. En este sentido, uno de las grandes novedades que incluía era la reducción de los años de cotización exigidos de 15 a 5 desde el diagnóstico de la discapacidad. Además, se incluye que las personas que tengan más de una patología de discapacidad podrán optar a la jubilación anticipada si la suma de sus dolencias supera el 45% de discapacidad.
Edad para acceder a la jubilación anticipada por discapacidad
Desde la Seguridad Social señalan que la edad mínima de jubilación de las personas afectadas, en un grado igual o superior al 45%, por una discapacidad de las enumeradas en el listado será, excepcionalmente, la de 56 años. Si el trabajador tiene una discapacidad igual o superior al 65% podría jubilarse a partir de los 52 años.
Como hemos indicado, se puede valorar el grado de discapacidad del 45% sumando más de una patología, acreditando las siguientes condiciones:
- Que de la suma de los porcentajes de discapacidad alcanzados en las diferentes dolencias que figuren en el certificado, así como del porcentaje correspondiente a los «baremos complementarios», de ser el caso, resulte un porcentaje de discapacidad total igual o superior al 45%
- .Que al menos una de las dolencias reflejadas en el certificado de discapacidad aparezca en el listado de patologías y suponga como mínimo el 33% del total del grado de discapacidad acreditado.
Dicha discapacidad debe de acreditarse mediante un informe médico que indique la fecha en que se ha iniciado o se ha manifestado la patología, ya sea esta la fecha de nacimiento o una posterior.
Listado de patologías generales de la discapacidad
A continuación vamos a ofrecer un listado con todas las patologías con las que se puede acceder a la jubilación anticipada por discapacidad:
- Discapacidad intelectual
- Parálisis cerebral.
- Anomalías genéticas:
- Síndrome de Down
- Síndrome de Prader Willi
- Síndrome X frágil
- Osteogénesis imperfecta
- Acondroplasia
- Fibrosis Quística
- Enfermedad de Wilson
- Trastornos del espectro autista
- Anomalías congénitas secundarias a Talidomida
- Secuelas de polio o síndrome postpolio
- Daño cerebral (adquirido):
- Traumatismo craneoencefálico
- Secuelas de tumores del SNC, infecciones o intoxicaciones
- Enfermedad mental:
- Esquizofrenia
- Trastorno bipolar
- Enfermedad neurológica:
- Esclerosis lateral Amiotrófica
- Esclerosis múltiple
- Leucodistrofias
- Síndrome de Tourette
- Lesión medular traumática
Este listado no es definitiva y de hecho, la Seguridad Social explica que una de las novedades de los cambios incluido tiene que ver con que se puede ampliar con nuevas patologías que, en su caso, se incorporarán al ámbito de aplicación de la citada normal. En este sentido, se pone en marcha un nuevo procedimiento, más ágil y sencillo, para actualizar el listado de patologías, de forma que se podrá modificar de manera periódica mediante Orden Ministerial del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. La orden será sometida a consulta previa del Consejo Nacional de la Discapacidad antes del 1 de diciembre de 2023.