La pensión de incapacidad permanente es un tipo de pensión contributiva. Sin embargo, debido a sus características, hablamos de una pensión contributiva muy particular. Así, en 2025, es posible compatibilizar una incapacidad permanente con diferentes ayudas económicas.
Una pensión de incapacidad permanente tiene un objetivo muy concreto. Su principal finalidad es compensar la pérdida de ingresos que sufre un trabajador a causa de una lesión o enfermedad que reduce o anula su capacidad laboral.
Ayudas compatibles con la incapacidad permanente en 2025
A continuación, vamos a exponer un listado con diferentes ayudas económicas que teóricamente se pueden compatibilizar con una pensión de incapacidad permanente, ya que no existe una normativa específica que lo prohíba:
- Pensión no contributiva de invalidez: En la práctica resulta complicado compatibilizar ambas pensiones, ya que para tener derecho a la pensión no contributiva de incapacidad es necesario cumplir con ciertos requisitos de rentas y de discapacidad. En teoría no existe nada que prohíba la compatibilidad.
- Prestación por incapacidad temporal: Si la prestación por incapacidad temporal no ha finalizado, el ciudadano puede cobrar la misma hasta que se reconozca la incapacidad permanente.
- Renta Activa de Inserción y subsidios por desempleos: Los expertos de ‘Fidelitis’ señalan que «son compatibles con la incapacidad permanente parcial o total, siempre y cuando la persona no tenga ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI)».
- Ayudas para la adaptación de vivienda: Las personas beneficiarias de una incapacidad permanente con movilidad reducida pueden acceder a diferentes ayudas económicas destinada a la adaptación de la vivienda para sus correspondientes necesidades.
- Prestación por hijo a cargo menor de edad o mayores de edad con discapacidad: Es totalmente compatible con una incapacidad permanente.
- Prestación por nacimiento o cuidado del menor: También se puede compatibilizar sin problemas con la pensión por incapacidad permanente.
La prestación contributiva por desempleo también es compatible con una incapacidad permanente. Por ejemplo, en aquellos casos en los que una persona percibe una pensión por incapacidad permanente y ejerce una actividad laboral compatible. Si cesa en dicha actividad laboral, podrá cobrar la prestación del paro en caso de cumplir con los requisitos pertinentes para ello.
Tres complementos compatibles con la incapacidad permanente
Junto con todo lo expuesto anteriormente, también existen tres complementos económicos totalmente compatibles con una pensión de incapacidad permanente en España. En primer lugar, hablamos del complemento por Gran Invalidez.
Este complemento está destinado a las personas beneficiarias de una incapacidad permanente absoluta que necesitan la ayuda de una tercera persona para desarrollar las actividades básicas del día a día. Dicho complemento debe tener una cuantía no inferior al 45% de la base reguladora del trabajador.
Por otro lado, las personas beneficiarias de una pensión de incapacidad permanente también pueden cobrar el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones. Hablamos de un complemento destinado a personas que acreditan haber sufrido un perjuicio en su carrera de cotización en los periodos posteriores al nacimiento de uno o varios hijos.
Además, la incapacidad permanente también es totalmente compatible con el complemento a mínimos de las pensiones. Desde ‘Fidelitis’ argumentan que «si una persona con incapacidad permanente recibe una pensión baja, es posible que pueda acceder a un complemento a mínimos. Este complemento garantiza que las pensiones no caigan por debajo de un determinado umbral».