Lista de lesiones que dan derecho a cobrar una pensión de incapacidad permanente

La pensión de incapacidad permanente es causada por las dolencias o secuelas de enfermedades o determinadas lesiones

Lesiones incapacidad permanente./ Foto de Canva

La incapacidad permanente es una pensión de carácter contributivo que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconoce a un trabajador, debido a una serie de lesiones o enfermedades, cuyas dolencias o secuelas le impiden desarrollar su profesión habitual o toda actividad laboral.

Concretamente, la Seguridad Social detalla que la pensión de incapacidad permanente tiene como objetivo paliar la pérdida de ingresos que sufre un trabajador a causa de una lesión o enfermedad.

Debemos tener en cuenta que las contingencias que pueden dar lugar a una incapacidad permanente son enfermedad profesional, enfermedad común, accidente de trabajo o accidente no laboral. La contingencia juega un papel importante en el cálculo de la pensión y en los requisitos exigidos por el INSS.

Listado de lesiones para incapacidad permanente

La realidad es que no existe un listado oficial de lesiones o enfermedades que pueden dar lugar a una pensión de incapacidad permanente, en cualquiera de sus grados. No obstante, existe un grupo de lesiones o enfermedades que por norma general se relacionan con la obtención de una pensión de estas características.

Una mujer lesionada es sinónimo de una dieta pobre de oligoelementos
Lesiones incapacidad permanente./ Foto de Canva

Un aspecto que los ciudadanos deben tener claro, es que la incapacidad permanente no se reconoce por le enfermedad o lesión en sí. Sino por como esa lesión o patología influyen en la capacidad laboral del trabajador.

Por tanto, el Instituto Nacional de la Seguridad Social analiza cada caso de manera particular. En este sentido, una misma lesión puede derivar en el reconocimiento de una incapacidad permanente en una persona y en otra no hacerlo. Del mismo modo, dependiendo de la persona y las características, se puede reconocer uno u otro grado de incapacidad permanente.

En la página web de ‘Tododisca’ puedes encontrar un amplio listado de posibles lesiones o enfermedades con un alto grado de reconocimiento de una pensión de incapacidad. Pero recuerda, dicho reconocimiento dependerá de multitud de factores en función del criterio del Tribunal Médico o Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI).

Por otra parte, también encontramos las lesiones permanentes no invalidantes. Desde ‘Asepeyo‘ las definen como «las lesiones, mutilaciones o deformidades causadas por un accidente laboral o enfermedad profesional que son secuelas definitivas, que alteran o modifican la integridad física del trabajador sin llegar a ser una incapacidad permanente, puesto que no llegan a alterar de manera significativa su actividad profesional. Y, además, le permiten continuar con su actividad laboral».

Así, es necesario saber diferenciar entre incapacidad permanente y lesiones permanente no invalidantes, puesto que existen importantes distinciones entre ambas.

Lesiones permanente no invalidantes

Hay que tener en cuenta que las lesiones permanentes no invalidantes se encuentran recogidas en un baremo, establecido en la Orden ESS/66/2013, de 28 de enero.

El reconocimiento de la prestación de lesiones permanente no invalidantes presenta importantes diferencias con el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente. Respecto a las lesiones permanentes no invalidantes, se trata del abono de una cantidad económica en pago único, cuya cuantía se encuentra determinada en un baremo específico.

Otro elemento interesante es que la prestación de lesiones permanente no invalidantes se puede solicitar por parte del propio trabajador interesado, por la mutua o también de oficio, por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

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