Desde que entró en vigor el 23 de diciembre de 2021, la nueva ley urbanística de Andalucía, ha introducido numerosas modificaciones en cuanto al ámbito de la valoración del suelo. Un cambio, que ha hecho desaparecer algunas consideraciones en referencia a la definición del mismo, lo cual, sumaba una cierta relevancia a la hora de llevar a cabo un proyecto.
En cuanto a las modificaciones principales, cabe señalar que hasta entonces, el suelo se dividía en suelo urbanizable, o suelo urbano consolidado y no consolidado. Ahora desaparece esa categorización que presentaba el anterior texto de la ley andaluza y se divide en suelo urbano y suelo rústico. De este modo se adapta a la legislación estatal.
Por tanto, esta Ley 7/2021, de 1 de diciembre , de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, que se ha dado a conocer como LISTA, se ha traducido en un número de cambios a tener en cuenta en cuanto a la valoración urbanística de Andalucía. Un hecho, que ha desembocado en numerosas modificaciones.
Una de las virtudes que ha traído esta nueva ley, es la simplificación de procedimientos para trámites para desarrollo de un proyecto urbanístico. En este sentido, se disminuyen plazos y se facilitan algunas gestiones. Además, las administraciones públicas colaborarán entre sí para agilizar dichos procesos.
¿En qué consiste la Ley de suelo?
La Ley de suelo de Andalucía, ha conseguido aunar una serie de cambios entre los que a continuación, señalamos los más destacados. En primer lugar, es importante destacar cómo esta nueva normativa acota la permisión en cuanto a la construcción de viviendas en suelo rústico. De este modo, la ley señala que únicamente podrán llevarse a cabo si los inmuebles no forman una urbanización. Es decir, si están diseminadas en el espacio.
Por otra parte, esta Ley conocida como LISTA, se han enfocado para facilitar el desarrollo de planes urbanísticos. Tanto es así, que en comparación con el texto legal anterior, ha eliminado numerosas trabas que por lo general, se encontraban a la hora de llevar a cabo este tipo de obras.
Por destacar un ejemplo, podemos señalar que en la legislación anterior, los instrumentos de planificación y ordenación estaban tipificados en un plazo de diez años. Con la nueva ley urbanística, se establece un proceso más sencillo para que esto se lleve a cabo en un plazo máximo de tres años. Lo cual, va a acelerar considerablemente los proyectos que quieran ponerse en marcha.
El papel de las administraciones públicas
Por otra parte, esta Ley de suelo amplía la potestad de las administraciones para actuar en caso de que sea necesario de forma más inmediata. De hecho, la normativa recoge el poder de la Junta de Andalucía para paralizar la construcción de obras irregulares de forma inmediata. En estos casos, desparece la necesidad de resoluciones judiciales o actuaciones administrativas que ralentice el proceso.
Pero no queda ahí. Esta Ley Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, aboga por la colaboración entre ayuntamientos y entidades como colegios profesionales. Esto es necesario para procesos de la aprobación de licencias mediante las Entidades Urbanísticas Certificadoras.