La dependencia es una palabra que hace años no era conocida como se conoce ahora mismo. De eso depende mucho la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía y Atención a las personas en situación de Dependencia. Esta norma del Gobierno de España, recogida en el portal del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), es muy importante en la actualidad.
Con la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, se incorpora la atención a la dependencia al sistema público de protección social de nuestro país. Constituye un avance importante en el desarrollo de los derechos sociales en España. Tiene el carácter de legislación básica estatal.
A través de esta Ley, que entró en vigor el 1 de enero de 2007, la dependencia ha entrado en nuestro sistema de protección social. Además, ha modificado los actuales sistemas de servicios sociales. De esta manera, contempla de forma específica la prevención y la atención a las personas que se encuentran en situación de dependencia. A todo ello hay que sumarle que configura para ellas el derecho a un catálogo de servicios y prestaciones económicas.
Como se dice en la Ley 39/2006 citada, en su exposición de motivos: “La necesidad de garantizar a los ciudadanos un marco estable de recursos y servicios para la atención a la dependencia y su progresiva importancia, lleva ahora al Estado a intervenir en este ámbito con la regulación contenida en esta Ley, que la configura como una nueva modalidad de protección social que amplía y complementa la acción protectora del Estado y del Sistema de la Seguridad Social”.
La Ley 39/2006 se divide en tres partes:
- El Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
- La calidad y eficacia del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
- Infracciones y sanciones.
Objetivos de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en dependencia
La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía y Atención a las personas en situación de Dependencia tiene dos objetivos claros. Por un lado, la presente Ley tiene por objeto regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo de ciudadanía a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. Todo ello en los términos establecidos en las leyes. Esto se aplica mediante la creación de un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. Para ello cuenta con la colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas. Además, se le suma la garantía por la Administración General del Estado de un contenido mínimo común de derechos para todos los ciudadanos en cualquier parte del territorio del Estado español.
Por otro lado, el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia responderá a una acción coordinada y cooperativa de la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas, que contemplará medidas en todas las áreas que afectan a las personas en situación de dependencia, con la participación, en su caso, de las Entidades Locales.
Que conceptos trata la Ley 39/2006
Además de la dependencia, la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía y Atención a las personas en situación de Dependencia incluye conceptos como la autonomía; Actividades Básicas de la Vida Diaria (ABVD); necesidades de apoyo para la autonomía personal; cuidados profesionales; cuidados no profesionales; tercer sector y asistencia personal.
Autonomía
La capacidad de controlar, afrontar y tomar, por propia iniciativa, decisiones personales acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias así como de desarrollar las actividades básicas de la vida diaria.
Actividades Básicas de la Vida Diaria (ABVD)
Las tareas más elementales de la persona, que le permiten desenvolverse con un mínimo de autonomía e independencia, tales como: el cuidado personal, las actividades domésticas básicas, la movilidad esencial, reconocer personas y objetos, orientarse, entender y ejecutar órdenes o tareas sencillas.
Necesidades de apoyo para la autonomía personal
Las que requieren las personas que tienen discapacidad intelectual o mental para hacer efectivo un grado satisfactorio de autonomía personal en el seno de la comunidad.
Tercer sector
Oganizaciones de carácter privado surgidas de la iniciativa ciudadana o social, bajo diferentes modalidades que responden a criterios de solidaridad. Siempre con fines de interés general y ausencia de ánimo de lucro, que impulsan el reconocimiento y el ejercicio de los derechos sociales.
Cuidados profesionales
Los prestados por una institución pública o entidad, con y sin ánimo de lucro, o profesional autónomo entre cuyas finalidades se encuentre la prestación de servicios a personas en situación de dependencia, ya sean en su hogar o en un centro.
Cuidados no profesionales
La atención prestada a personas en situación de dependencia en su domicilio, por personas de la familia o de su entorno, no vinculadas a un servicio de atención profesionalizada.
Asistencia personal
Servicio prestado por un asistente personal que realiza o colabora en tareas de la vida cotidiana de una persona en situación de dependencia, de cara a fomentar su vida independiente, promoviendo y potenciando su autonomía personal.
¿Qué es la dependencia?
El propio Artículo 2 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, define Dependencia como el “estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria”. También incluye el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal.
También cobra mucho sentido aquí el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) del Ministerio de Sanidad. El objetivo que se marca el SAAD es muy claro. El Artículo. 1.1 de la Ley 39/2006 citada, establece que “La presente Ley tiene por objeto regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo de ciudadanía a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia”. Eso sí, siempre en los términos establecidos en las leyes.
Todo ello se lleva a cabo mediante la creación de un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. Lo que se conoce como SAAD nace con la colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas. A todo ello hay que sumarle la garantía de la Administración General del Estado de un contenido mínimo común de derechos para todos los ciudadanos en cualquier parte del territorio del Estado español.