El Documento Nacional de Identidad (DNI) es un certificado que acredita la identidad, los datos personales y la nacionalidad española de su titular. Emitido por la Dirección General de Policía, es obligatorio para aquellos mayores de 14 años residentes en España. Se trata, por tanto, de un documento acreditativo, personal e intransferible para cada titular.
Del mismo modo, para los de igual edad, es obligatorio para los que residan en el extranjero y se trasladen a España por un tiempo superior a seis meses. Mientras, es voluntario para los menores de dicha edad. Su exhibición será obligatoria cuando las autoridades, es decir, cuando sean requeridas para ello por la Autoridad o sus Agentes. Por tanto, cada DNI está compuesto pro una serie de números y una letra, pero hay cuatro componentes del abecedario español que no se usan en el documento de identidad.
Letras que no se aparecen en el DNI
La razón de no emplear estas letras en el documento nacional de identidad reside en impedir que exista cualquier confusión con los números 0 y 1. Por tanto, del abecedario español hay cuatro letras que no se usan en el DNI. Estas son la ‘I’, la ‘Ñ’, la ‘O’ y la ‘U’. En el caso de esta última letra, otro motivo por el cual no se utiliza es el hecho de evitar formar palabras que puedan sonar mal o lleguen a confundir.
Para saber qué letra se relaciona con cada DNI, se divide el número en cuestión entre 23. Al ser un número primo, esa división da un resto y, a cada cifra, se le asocia una letra. La letra, de hecho, se utiliza para que los programas informáticos detecten si te has equivocado escribiendo tu número de DNI, que a veces puedes ver que te dice ‘número erróneo’. Ahí está la causa.
Igualmente, desde la Dirección General de la Policía avisan de la importancia de salvaguardar los datos personales, entre los que se incluye el DNI, a la hora de introducir estas credenciales en lugares de plataformas digitales. Los actos fraudulentos o delictivos son muy comunes a la hora de facilitar este tipo de datos. Del mismo modo, el organismo policial también incide en la importancia de no perder este certificado de identidad; en caso contrario, habrá que acudir a comisaría a realizar uno nuevo, ya sea por extravío o caducidad del documento.
Motivos para no conceder la nacionalidad española
De acuerdo con las instituciones competentes en esta materia, entre los motivos que existen para denegar la solicitud de la nacionalidad española se encuentran tener antecedentes penales y/o policiales, aportar documentación incorrecta o caducada y no cumplir con el periodo mínimo de estancia legal y continuada.
Finalmente, se concluye que, al igual que los nativos españoles, los ciudadanos extranjeros que deseen obtener la nacionalidad española deben estar empadronados en el municipio en que residan. De lo contrario, la solicitud puede podría ser denegada por las administraciones encargadas de estos trámites. En caso de nacionalidad por matrimonio con un ciudadano español, ambos cónyuges deben estar empadronados.