El testamento es el acto jurídico mediante el cual, una persona estipula quiénes serán las personas que dispondrán de todos sus bienes llegado el momento de su muerte. Aunque no es un documento obligatorio, es importante realizarlo para evitar conflictos en el futuro. No obstante, hay que tener claro que el testador no tiene libertad absoluta para repartir sus bienes. Pues por ley, existen unos herederos forzosos con derechos sucesorios. Aún así, siempre es mejor tenerlo.
Según la ley, exista o no testamento, los herederos forzosos son: Los descendientes del fallecido, en primer lugar. A falta de estos, los ascendientes. Y en tercer lugar, si no existieran ninguno de los anteriores, el cónyuge. Si el fallecido no tuviera ningún tipo de familia y no hubiese otorgado testamento, los bienes pasarían a disposición del Estado. Con esto presente, ¿Es posible beneficiar al cónyuge por encima de los hijos? La respuesta es que no, aunque con matices.
El deseo de muchas parejas a la hora de realizar un testamento, es dejar todo el caudal hereditario al cónyuge que queda vivo. Esto no significa perjudicar a los hijos. En muchas ocasiones, es solo una forma de proteger al otro miembro de la pareja para cuando se quede viudo. Pero entonces, ¿Cuál es la mejor forma de hacer un testamento si estas casado y tienes hijos?
Esta es la mejor forma de hacer un testamento si estás casado y tienes hijos
Muchos matrimonios, a la hora de plantearse hacer un testamento, exponen su deseo de dejarle todo al cónyuge que quede vivo y que cuando este fallezca, sean los hijos quienes hereden. Es solo una forma de proteger a la pareja mientras esta este viva. Sin embargo, el Derecho común español no permite esta opción. Por tanto, la mejor forma de hacer un testamento si estas casado y tienes hijos, es hacer lo que de manera coloquial se conoce como ‘testamento del uno para el otro‘.
Se utiliza esta expresión para referirse al testamento entre cónyuges. Esto significa que las parejas se legan el usufructo universal y vitalicio de todos sus bienes entre ellos. Es decir, permite al miembro de la pareja que vive usar todos los bienes, pero con la condición de mantenerlos en buen estado, pues la propiedad, aún cuando el usufructuario esté disfrutando de ellos, pertenece a los herederos forzosos.
Cabe señalar que cuando se habla de usufructo, nos referimos al derecho del uso y disfrute, por parte de una persona, de unos determinados bienes. El usufructuario no es propietario de un bien, no obstante, puede utilizarlo y recoger los frutos que pueda generar mientras viva. Eso sí, no podrá transmitir su propiedad, pues esta pertenece a los herederos, que harán uso de ellos cuando este miembro también fallezca.
Normalmente, para llevar a cabo este usufructo universal y vitalicio, lo que se hace es mejorar lo que corresponde a los herederos forzosos. Es decir, además de la legítima, se utiliza el tercio de mejora y el de libre disposición para mejorar el caudal hereditario que les corresponderán tras el fallecimiento del usufructuario. De hecho, en caso de que alguno de los herederos, una vez fallecido el testador, se niegue a que el cónyuge reciba este usufructo universal y vitalicio, solo recibirá la legítima estricta.