La DGT se planta ante la popularidad de las caravanas e impone esta dura norma que puede imponer una multa

La creciente demanda de autocaravanas ha provocado algunos cambios importantes en la Ley de Tráfico

Mujer conduciendo una autocaravana

Viajar en autocaravana o con una caravana añadida al coche, es una moda que ha venido para quedarse. Y es que son muchas las personas que han valorad la libertad que esta forma de moverse aporta a tus escapadas. Pero cuidado, porque la Dirección General de Tráfico (DGT) se ha puesto manos a la obra para penalizar lo que ya se consideran infracciones.

Estos vehículos llevan años siendo una opción para muchos viajeros. Sin embargo, no ha sido hasta estos dos últimos años, que han proliferado de forma considerable. De este modo, muchas son las personas que ya han probado lo que es moverse en autocaravana, con caravana o incluso en una furgoneta habilitada para tal fin.

El desafío radica en que este ‘auge’ ha generado nuevas demandas que la DGT necesita gestionar, analizar y regular, con el objetivo de prevenir problemas a futuro. A pesar de las ventajas que conlleva este tipo de transporte, como la flexibilidad de movimiento y la posibilidad de combinar el transporte y el alojamiento en un solo espacio, también han surgido desafíos, como la elección de lugares prohibidos o no permitidos para pernoctar por parte de algunas personas.

Con el objetivo de regular esta nueva forma de viajar, la DGT ha endurecido e incorporado algunas normas aprovechando los cambios que la Ley de Tráfico de 2022 le ha dado la oportunidad de introducir. Y es que uno de los objetivos de esta entidad, es sin duda adaptarse a los nuevos tiempos y necesidades que se van creando.

NUEVAS NORMAS PARA LAS CARAVANAS POR PARTE DE LA DGT

Las autocaravanas y caravanas son una opción perfecta para aquellas personas a las que les gusta viajar sin rumbo. También son ideales para los que prefieren la soledad y llevar su casa a cuestas. Y es que a buen seguro, dejarse fluir en una escapada es lo que ha enganchado a tantos adeptos que ya eligen esta fórmula para conocer nuevos destinos. Sin embargo, este auge también ha puesto de manifiesto algunos problemas.

Hombre mirando una multa de tráfico
La DGT podrá multarte si no cumples las normas con tu autocaravana o caravana

Algunos de los más representativos y repetitivos, es que hay personas que con la excusa de poder dormir en su transporte, cuelan este vehículo en zonas protegidas, lo cual está ocasionando un gran inconveniente para el medio ambiente. Y es que por estar en plena naturaleza o a pie de playa, muchas personas no miden el grado de daño que pueden ocasionar al ecosistema del lugar.

Por otra parte, algunas ciudades se han llenado de estos vehículos que acampan a sus anchas montando verdaderos ‘camping’ que además de obstaculizar al resto de la población, ocupan un estacionamiento que en ocasiones invaden durante largo periodo de tiempo. Otro inconveniente de viajar de esta forma sin establecer ningún tipo de sentido común.

MULTA ESTABLECIDA

Por este motivo, la DGT ha tenido que tomar cartas en el asunto y ha establecido lo que se conoce como la instrucción 08 V-74. Con ella, pretenden que los usuarios de caravanas y autocaravanas distingan entre dos conceptos: estacionamiento y acampada. De este modo, los usuarios deben saber que se considera estacionado si tiene el motor apagado, sólo contacta con el suelo mediante las ruedas y no tiene ningún elemento desplegado, todo lo demás, se considerará acampada.

Es importante la diferencia porque en caso de que se considere acampada y no esté en una zona destinada para tal fin, la multa establecida puede llegar hasta los 6.000 euros. Por lo demás, las normas que tienen que seguir este tipo de vehículos no distan mucho de las de un coche o una moto.

¿QUÉ TIPO DE CARNET NECESITO PARA CONDUCIR UNA AUTOCARAVANA?

La DGT tiene nuevas sanciones para los usuarios de autocaravanas y caravanas

Si estás pensando en conducir una autocaravana, es posible que estés pensando en si necesitas un carnet especial para poder conducirla. Y la respuesta es muy sencilla ya que puedes conducir una caravana o autocaravana utilizando tu carnet de conducir tipo B para vehículos de pasajeros, siempre y cuando el remolque no supere los 750 kilogramos de peso y la autocaravana no exceda los 3,500 kilogramos de peso o tenga más de nueve plazas.

Ahora bien, si la autocaravana pesa más de 3,500 kg, superará estos límites permitidos. En este caso sí que será necesario obtener una licencia B96 o B+E.

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