A partir del martes 10 de noviembre, en Andalucía entrará en vigor las nuevas medidas decretadas por el gobierno de la Junta de Andalucía. Juanma Moreno, junto a su equipo de trabajo, ha aplicado nuevas normas para frenar el avance del Coronavirus. Entre ellas destaca el cierre de todas las actividades no esenciales a partir de las 18:00 horas.
Todas las medidas ya han sido publicadas en el BOJA y estarán en vigor, en principio, hasta el 23 de noviembre. Dentro de las nuevas medidas, donde aparecen, las actividades esenciales, se incluye un apartado que afecta a la dependencia y a la discapacidad.
En el artículo 2, donde se la limitación de entrada y salida en Andalucía, se habla de cuales son los casos en los que se restringe la entrada y salida de personas del territorio andaluz. Sin embargo se recogen una serie de excepciones en los que si se permite la movilidad, entre los que se encuentra la «asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables».
Limitación de entrada y salida en Andalucía
Además de la excepción que hemos indicado, también se permite la movilidad en:
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
- Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
- Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
- Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
- Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
- Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
- Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
- Desplazamiento para la realización de actos de recolección en huertos por sus propietarios o arrendatarios, así como la atención y alimentación de animales domésticos.
- Desplazamiento para la adquisición de productos de alimentación por quienes tengan su residencia habitual en localidades que, siendo de otro término municipal, carezcan de establecimientos que permitan la adquisición de tales productos y sean localidades limítrofes con los municipios con limitación de movilidad.
- Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.
- Desplazamientos de deportistas de categoría absoluta, de alto nivel o de alto rendimiento, entrenadores, jueces o árbitros federados, para las actividades deportivas de competiciones oficiales que se encuentren autorizadas en cada momento por las autoridades sanitarias, que se acreditarán mediante licencia deportiva o certificado federativo.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
Otras medidas adoptadas
Además del cierre de todas las actividades no esenciales a partir de las 18:00 horas. Entre las nuevas medidas adoptadas por el Gobierno que lidera Juanma Moreno en Andalucía se encuentra el cierre perimetral de todos los municipios de la comunidad autónoma. Estas normas entrarán en vigor el próximo martes 10 de noviembre a las 00:00 horas y estarán vigentes, en principio, hasta el 23 del mismo mes. Para salir de la CCAA solo puede ser con causa justificada.
Por otro lado, adelanta el toque de queda, que antes era en Andalucía de 23:00 horas a las 6:00 horas. Ahora, suma dos horas más, puesto que comienza una hora antes, 22:00, y termina una hora después, 7:00.
Por otro lado, desde el próximo martes, los colegios e institutos permanecerán abiertos, excepto las universidades, que estarán cerradas y la enseñanza será telemática.