Un juzgado reconoce una incapacidad permanente de 1.023 euros a una trabajadora por el síndrome de espalda fallida

Este caso pone de relieve los obstáculos que enfrentan muchos trabajadores al solicitar prestaciones por incapacidad

Un juzgado reconoce una incapacidad permanente de 1.023 euros a una trabajadora por el síndrome de espalda fallida

Un juzgado reconoce una incapacidad permanente de 1.023 euros a una trabajadora por el síndrome de espalda fallida

Una trabajadora española ha logrado que la Justicia le reconozca el derecho a percibir una pensión por incapacidad permanente absoluta debido al síndrome de espalda fallida. A pesar de haber sido rechazada inicialmente por la Seguridad Social, el fallo del Juzgado de lo Social de Madrid le otorga una pensión mensual de 1.023,88 euros, correspondiente al 100% de su base reguladora.

Este caso pone de relieve los obstáculos que enfrentan muchos trabajadores al solicitar prestaciones por incapacidad. La afectada, de 52 años y auxiliar de cocina, se sometió a una intervención quirúrgica en 2022 para aliviar sus problemas lumbares. Sin embargo, lejos de mejorar, su estado de salud se agravó. La artrodesis lumbar, cirugía destinada a estabilizar la columna, desembocó en un cuadro de dolor crónico persistente conocido como síndrome de espalda fallida, lo que acabó limitando de forma severa su capacidad para trabajar, incluso en tareas sedentarias.

El juzgado le da la razón frente a la Seguridad Social

Pese a la gravedad de los síntomas, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) solo reconoció inicialmente una incapacidad permanente total, que permite ejercer otras profesiones compatibles y se retribuye con el 55% de la base reguladora. El equipo de valoración de incapacidades desestimó el grado absoluto, lo que llevó a la trabajadora a iniciar un proceso judicial tras agotar sin éxito la vía administrativa.

El juez que analizó el caso consideró probadas las limitaciones físicas de la afectada, apoyándose en informes médicos que documentaban un dolor no controlable con analgésicos convencionales y la necesidad de recibir tratamientos mensuales en la Unidad del Dolor. En su fallo, destaca que la patología impide a la mujer realizar cualquier actividad laboral, incluido el trabajo más liviano o sedentario. En consecuencia, dictaminó el reconocimiento de la incapacidad absoluta y el pago de la pensión completa, aunque la sentencia aún no es firme y cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia.

¿Qué es el síndrome de espalda fallida?

El síndrome de espalda fallida, también denominado síndrome poslaminectomía, es una de las posibles consecuencias adversas tras una cirugía en la columna vertebral. Según estudios clínicos, entre un 10% y un 40% de los pacientes operados pueden desarrollar esta afección, que se caracteriza principalmente por dolor lumbar crónico que persiste o incluso empeora después de la intervención.

Se trata de una dolencia compleja y multifactorial que no siempre responde a los tratamientos habituales y que puede desembocar en una limitación funcional severa. Los síntomas más frecuentes incluyen:

Síntomas del síndrome de espalda fallida
Dolor lumbar crónico persistente tras la cirugía
Rigidez y pérdida de movilidad en la columna
Dificultad para mantener posturas prolongadas
Debilidad en extremidades inferiores
Reducción en la capacidad para actividades diarias
Necesidad continua de medicación para el dolor

La Seguridad Social no reconoce automáticamente una enfermedad como causa de incapacidad permanente. El Tribunal Médico evalúa caso por caso, teniendo en cuenta cómo afecta la patología a la persona en cuestión. De ahí que enfermedades graves como la esclerosis múltiple, la fibromialgia o el síndrome de espalda fallida no siempre conlleven una prestación, salvo que se demuestre que impiden de manera objetiva el desempeño laboral.

Cómo recoge el blog de empleo, Noticias Trabajo, este caso subraya la importancia de recurrir a la vía judicial cuando la valoración médica administrativa no se ajusta a la realidad del paciente. Como se demuestra aquí, los tribunales pueden corregir decisiones que inicialmente niegan derechos fundamentales a los trabajadores.

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