La justicia te concederá la incapacidad permanente si sufres una de estas 5 enfermedades

El tribunal médico de la Seguridad Social es quien realiza el informe que determina si una persona debe beneficiarse de una incapacidad permanente

El trabajador no será quien gestione la baja laboral

La pensión de incapacidad permanente es una prestación contributiva gestionada por la Seguridad Social que facilita una renta a las personas que por enfermedad o accidente, no pueden seguir desarrollando su actividad profesional habitual. Esto genera en muchas ocasiones dudas, pues, ¿Qué enfermedades son consideradas incapacitantes como para que te concedan esta ayuda? Es importante tener esta información para reclamar, si fuera el caso, lo que nos corresponde.

Bien es cierto, que cualquier enfermedad que incapacite a una persona para desarrollar, no solo su actividad profesional habitual, sino cualquier otra, es susceptible de considerarse una incapacidad permanente y por tanto, la Seguridad Social puede conceder una pensión al doliente. En cualquier caso, debemos tener claro que la última palabra sobre si una enfermedad es incapacitante, es del tribunal médico de la Seguridad Social, que es quien hace el informa oficial.

Las 5 enfermedades por las que te pueden conceder una incapacidad permanente

La Seguridad Social, tras haber pasado el solicitante por su tribunal médico, es la que decide si se le concede una incapacidad permanente y en qué grado. Pues las características que se le concedan, así como si se le establece una pensión o el importe de esta, dependerán de ese grado dictaminado por la Seguridad Social. Cabe señalar, que España contempla cuatro grados de incapacidad permanente: Parcial, total, absoluta o gran invalidez.

Distintos tribunales han establecido estas enfermedades como causas de incapacidad permanente
Distintos tribunales han establecido estas enfermedades como causas de incapacidad permanente

A pesar de no existir un listado oficial completo, hay 5 enfermedades por las que en los últimos tiempos, la Seguridad Social siempre concede una incapacidad permanente. La primera de ellas es por poliomielitis sufrida de niño. Se trata de una enfermedad causada por un virus, que puede producir una reducción de movilidad en la persona, y la consiguiente consecuencia de tener que usar muletas para moverse.

Pero hay otras enfermedades que por las que se han concedido la incapacidad permanente en los últimos meses. Otro ejemplo es por afecciones osteoarticulares y neurológicas al cargar peso. En este caso, es el resultado de es gracias a un dictamen del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) que ha revocado la decisión del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de no conceder la incapacidad permanente a una ganadera de 60 años que sufría diversas dolencias osteoarticulares y neurológicas.

Otras enfermedades a las que la justicia le ha dado esta calificación

Puede parecer curioso, pero el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha determinado que debe beneficiarse de una pensión por incapacidad permanente, una persona con lumbalgia que se dedicaba a vender extintores. Y es que la cantidad de dolores que sufría, le impedían seguir desarrollando esta actividad laboral correctamente. Por tanto, el alto tribunal andaluz ha determinado que la lumbalgia en este caso, es causante de una incapacidad permanente.

También una sentencia esta vez de una empleada del aeropuerto de Gran Canaria ha conseguido una incapacidad permanente absoluta debido a lo que se conoce como el síndrome de ‘burnout’ o del trabajador quemado. En este caso la trabajadora lleva desde 2015 sufriendo episodios de ansiedad y estrés agudo, a causa de lo cual acumuló cinco bajas laborales. El mayor argumento de peso en este caso, es la importancia que se le debe dar a la salud mental en el ámbito laboral.

Finalmente, el quinto caso consensuado por un tribunal, concretamente, por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat), es el de un hombre de 60 años que sufre bulimia nerviosa persistente. En consecuencia, este tribunal ha obligado al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a establecer una pensión completa al afectado.

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