Uno de los Juzgados de lo Social de Jerez de la Frontera ha reconocido una incapacidad permanente absoluta a un conductor de ambulancia residente en la localidad gaditana de El Puerto de Santa María. Así, la sentencia judicial revoca la decisión del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Este caso ha sido desvelado por los compañeros del ‘Diario de Cádiz’. Así, se trata de un nuevo caso en el que un trabajador necesita acudir a la vía judicial para obtener el grado de incapacidad permanente que realmente le corresponde.
Incapacidad permanente absoluta por enfermedad psiquiátrica
Este trabajador, conductor de ambulancia, comenzó una baja laboral por incapacidad temporal el 13 de abril de 2021. Todo ello derivado de una enfermedad psiquiátrica de larga duración.
Posteriormente, el 18 de mayo de 2022 se le reconoció una incapacidad permanente total por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), tras presentar la correspondiente solicitud. En ese momento, la incapacidad total se le concedió por una patología psiquiátrica en grado 2/4 con sintomatología intermitente de carácter moderado y con seguimiento especializado.
A pesar de esta resolución del INSS, este trabajador se mostró insatisfecho. Por ello, decidió acudir a la vía judicial para reclamar el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta. El caso ha sido llevado por el abogado Pedro Bueno Cruces, del despacho Antonio Marín Vélez de Cádiz.
Hay que tener en cuenta que existen diferencia importantes entre una incapacidad permanente total y una incapacidad permanente absoluta. Entre otras cosas, una incapacidad absoluta implica la percepción de una pensión con una cuantía equivalente al 100% de la base reguladora del trabajador.
Por su parte, la incapacidad permanente total es equivalente al 55% de la base reguladora. Puede ser del 75% de la base reguladora en caso de que la persona beneficiaria tenga 55 años o más y se encuentre en paro.
La Justicia le reconoce la incapacidad absoluta
Antes de obtener la incapacidad permanente total por parte del INSS, ocurrió un hecho de gran importancia para este chófer de ambulancia. En concreto, en el mes de octubre de 2021, al trabajador se le retiró el permiso de circulación debido a su enfermedad.
La retirada del carnet de conducir le generó ansiedad y también a aislarse en su domicilio. Este es otro de los motivos por los que el trabajador y su abogado acudieron a la vía judicial para reclamar la incapacidad permanente absoluta.
Una vez analizado los informes médicos aportados, el Juez ha determinado que el trabajador no puede desempeñar ninguna profesión u oficio con normalidad. Debido a ello, ha revocado la resolución del INSS y le ha reconocido la incapacidad permanente absoluta.
Dicha incapacidad permanente absoluta se aplica con carácter retroactivo desde el año 2022, momento a partir del cual el Juez considera que el trabajador ya contaba con los requisitos para ser beneficiario de este grado de incapacidad laboral.
Se trata de un nuevo caso que pone de manifiesto el procedimiento complejo que deben seguir muchos trabajadores en España para lograr el reconocimiento de una incapacidad permanente. Este trabajador inició el periodo de incapacidad temporal en 2021, y no ha logrado la incapacidad permanente absoluta hasta el 2025.
Por suerte, los jueces suelen reconocer la incapacidad permanente con efecto retroactivo en este tipo de situaciones. Sin embargo, resulta difícil compensar los años de frustración, desesperación y sufrimiento que atraviesan muchos trabajadores hasta conseguir el grado de incapacidad permanente que les corresponde.