Jubilación de los funcionarios de Muface: ¿puedo pedir el subsidio que abona la mutualidad?

Preguntas frecuentes sobre la jubilación en Muface

Un funcionario echándose las manos a la cabeza - Pixabay / Montaje

Un funcionario echándose las manos a la cabeza - Pixabay / Montaje

La jubilación siempre es un momento clave y esperado en la vida de cualquier trabajador, y también lo es para los funcionarios adscritos al modelo de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (Muface). Entre las dudas más frecuentes de los mutualistas de Muface a la hora de afrontar su retiro, figuran preguntas como la siguiente: «Me he jubilado voluntariamente: ¿puedo pedir el subsidio de jubilación que abona Muface?».

¿Cómo es el subsidio de jubilación en Muface?

El subsidio de jubilación de Muface es una prestación económica de pago único, equivalente a la mitad de una mensualidad ordinaria de las retribuciones básicas (sueldo y trienios) que el funcionario percibía al jubilarse. Sin embargo, no todos los tipos de jubilación dan derecho a esta ayuda.

Según el Portal de Muface y el Reglamento General del Mutualismo Administrativo, este subsidio está reservado exclusivamente a quienes se jubilan de manera forzosa por edad (normalmente a los 65 años, con excepciones hasta los 70) o por incapacidad permanente para el servicio. La jubilación voluntaria, aunque es una opción para los funcionarios de Clases Pasivas a partir de los 60 años con 30 años de servicio, no cumple los requisitos para acceder a esta prestación.

Este subsidio tiene el objetivo de ser un apoyo económico en el caso de transiciones obligatorias pero nunca opcionales. De esta forma, si un mutualista de Muface decide ‘colgar las botas’ a los 60 años de edad, no podrá solicitar esta prestación.

Existe un matiz

Sin embargo, hay un matiz: si la legislación permite retrasar la jubilación forzosa (por ejemplo, docentes universitarios hasta los 70) y el retiro se produce en esa fecha efectiva, sí podría reconocerse el subsidio, siempre con referencia a la resolución oficial de jubilación.

En la web de DKV, aseguradora que hasta hace poco ha formado parte del sistema de Muface prestando asistencia sanitaria a los funcionarios, explican que «para tener derecho a esta prestación es necesario que el mutualista sea jubilado forzoso, bien por edad o por incapacidad permanente para el servicio».

Por último, si un funcionario de Muface desea tramitar esta prestación, dispone de cinco años desde la fecha de jubilación para pedirla a través de la Sede Electrónica de la mutualidad. Así, a modo de resumen, si eres mutualista de Muface y te has jubilado de forma voluntaria, el subsidio de Muface no aplica.

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