La jubilación especial a los 64 años es una de las prestaciones o pensiones de trabajadores que ofrece la Seguridad Social en España.
¿Pero conoces toda la letra pequeña de este tipo de jubilación? Está dentro de las clases de pensiones no contributivas.
La Seguridad Social define la jubilación especial a los 64 años como una modalidad que, como medida de fomento del empleo, rebaja la edad mínima de jubilación exigida de 65 años a 64 años.
Ese movimiento, sin la aplicación de coeficientes reductores por edad, permite al trabajador por cuenta ajena acceder a la pensión de jubilación como si tuviera 65.
Incluyendo, por supuesto, todos sus derechos económicos como si hubiera alcanzado dicha cifra de edad, que es la mínima para la jubilación.
La Seguridad Social matiza que la jubilación especial a los 64 años desapareció en el año 2013, pero sigue vigente para quienes resulte de aplicación. Siempre por norma y bajo amparo de lo establecido en la disposición final 12.2 de la Ley 27/2011, de 1 de agosto.
Requisitos para solicitar la jubilación especial a los 64 años
Si has decidido solicitar la jubilación especial a los 64 años, debes tener en cuenta una serie de requisitos indispensables.
- Va dirigida a trabajadores por cuenta ajena pertenecientes a empresas que, en virtud de convenio o pacto, los sustituye por otros trabajadores.
- Dicha situación se produce siempre y cuando se cumplan las condiciones y las condiciones exigidas.
- En cuanto al trabajador, por supuesto, debe tener 64 años de edad real.
- Debe reunir los requisitos generales normales exigidos para tener derecho a la jubilación normal u ordinaria.
- Ello comprende estar de alta o en situación asimilada y acreditar el período mínimo de cotización.
Por su lado, la empresa debe cumplir los requisitos exigidos en el nuevo contrato del trabajador que sustituya al futuro jubilado. Además, deberá tener en cuenta la normativa de la modalidad de contratación elegida, que puede ser cualquiera de las previstas.
Siempre, se puntualiza, a excepción de la contratación a tiempo parcial y la contratación eventual por circunstancias del mercado o acumulación de tareas.
El contrato del nuevo trabajador debe tener una duración mínima de un año, y debe formalizarse por escrito, constando su identidad.
Por otro lado, la Seguridad Social fija que debe registrarse en la Oficina de Empleo correspondiente, con un ejemplar allí y otro con el que se jubila.
Cómo solicito la jubilación especial a los 64 años
La solicitud de esta pensión debe presentarse ante la entidad gestora correspondiente, esto es, la empresa en la que se produzca el relevo.
También puede solicitarse en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Comprueba cuál es el que tengas más cerca de tu domicilio.
O, si se trata de trabajadores incluidos en el campo de aplicación del Régimen Especial del Mar, el Instituto Social de la Marina (ISM).
La solicitud puede presentarse hasta medio año antes de la fecha en la que el trabajador tenga previsto su cese en el trabajo, con certificación de la empresa.