Jubilación anticipada en el punto de mira: Así afectará a las personas con al menos un 33% de discapacidad

Exploramos las recientes modificaciones normativas que facilitan el acceso a la jubilación anticipada para personas con discapacidad, poniendo un foco especial en aquellos con un grado de discapacidad del 33% y las implicaciones de estas medidas en el ámbito laboral y social

Pensión jubilación discapacidad

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En un esfuerzo por promover una mayor inclusión social, el Gobierno ha iluminado el camino hacia la jubilación anticipada para las personas con discapacidad, implementando medidas significativas que buscan aliviar las dificultades que este colectivo enfrenta en el mercado laboral.

La normativa, aprobada en mayo, establece que para acceder a esta modalidad de jubilación, la discapacidad debe ser de un grado superior al 45%.

La nueva normativa trae consigo cambios sustanciales, como la reducción del periodo de cotización exigido con la discapacidad reconocida de 15 a 5 años. Además, para alcanzar el umbral del 45% de discapacidad, se permite la acumulación de diferentes patologías, siempre que una de ellas presente un porcentaje superior al 33%.

Esta flexibilización también se extiende al proceso de modificación del listado de patologías, que anteriormente era una tarea ardua.

Otra mejora notable es la posibilidad de acreditar la discapacidad mediante un simple informe médico, sumándose a las acreditaciones ya existentes del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) o del órgano autonómico correspondiente.

El 33% de Discapacidad y la Jubilación Anticipada: Un Análisis

A pesar de los avances, desde el Gobierno se señala que las personas con una discapacidad del 33% no pueden adelantar su edad de jubilación.

En este contexto, los trabajadores con un grado de discapacidad inferior al 45% accederán a la jubilación en la edad ordinaria establecida para cada caso, cumpliendo con los requisitos que exige la Seguridad Social, que se han endurecido recientemente.

En 2023, aquellos que hayan cotizado al menos 37 años y nueve meses podrán acceder a la pensión de jubilación a los 63 años. Sin embargo, es imperativo que el salario de la persona que desea jubilarse anticipadamente sea superior a la pensión mínima y que no tenga deudas pendientes con la Seguridad Social.

Además, es crucial estar dado de alta en la Seguridad Social durante todo el proceso de tramitación de la jubilación anticipada.

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