Joaquín Sabina, Serrat o Raphael ¿Cómo es la pensión de jubilación de los cantantes en España?

Los artistas en España, entre los que se incluyen los cantantes, tienen la posibilidad de acceder a la jubilación de forma anticipada a los 60 años

Joaquín Sabina./ Foto de Ricardo Rubio (Europa Press)

Los cantantes en España tienen la posibilidad de acceder a la jubilación de forma anticipada con respecto a la edad ordinaria vigente. Además, debido a que forman parte de un grupo profesional determinado, la Seguridad Social no aplica coeficientes reductores en la pensión a percibir.

En 2022, la edad ordinaria de jubilación es de 66 años y dos meses para aquellas personas con una cotización inferior a 37 años y seis meses a la Seguridad Social. También, de 65 años para las personas con una cotización igual o superior a 37 años y seis meses.

Así, algunos de los cantantes más reconocidos del panorama español, como Joaquín Sabina (73 años), Joan Manuel Serrat (78 años) o Raphael (79 años) tiene una edad suficiente como para haber accedido a la jubilación, entre otros muchos cantantes.

La jubilación de los cantantes en España

La Seguridad Social establece que «los cantantes, bailarines y trapecistas podrán causar la pensión de jubilación a partir de los 60 años de edad, sin aplicación de coeficientes reductores, cuando hayan trabajado en la especialidad un mínimo de 8 años durante los 21 anteriores a la jubilación».

Nueva cuantía de la pensión no contributiva
Jubilación de cantantes en España./ Foto de Canva

Por tanto, los cantantes y artistas que deseen acceder a la jubilación de ese modo, deben cumplir con unos requisitos previos. El resto de artistas tiene la posibilidad de jubilarse también a partir de los 60 años de edad, pero con una reducción de un 8% en el porcentaje de la pensión que le corresponda; por cada año que le falte para cumplir la edad ordinaria exigida en cada momento.

En cualquier caso, un requisito indispensable para acceder a la jubilación en estas situaciones es que el artista se encuentre dado de alta o en situación asimilada de alta en el momento de la fecha causante.

Compatibilidad de pensión y profesión

Muchos artistas y cantantes, como el caso de Joaquín Sabina, Serrat o Raphael, siguen ejerciendo su profesión más allá de la edad ordinaria de jubilación. Es decir, lanzan nuevos discos, realizan conciertos o incluso llevan a cabo giras por todo el mundo.

Así, la Seguridad Social aprobó recientemente la regulación de compatibilidad entre la jubilación y la actividad de creación artística. «En su artículo tres, la norma establece un régimen de compatibilidad de la actividad artística con el 100% de la jubilación, el complemento por maternidad y los porcentajes adicionales reconocidos por jubilación con edad superior a la ordinaria», recuerdan desde la Administración Pública.

Cuando se produce esta compatibilidad, el artista en cuestión mantiene la condición de pensionista. A su vez, contribuye con el sistema de pensiones mediante cotizaciones a la Seguridad Social. Igualmente, tendrá derecho a incapacidad temporal y contingencias profesionales.

Finalmente, es necesario aclarar que es incompatible con la pensión de jubilación si realiza otro trabajo diferente a la profesión artística en cuestión.

Salir de la versión móvil