El ingreso mínimo vital es ya una realidad. El 1 de junio, tal y como afirmó el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, la renta mínima vital ha sido aprobada. Esta ayuda para las familias más desfavorecidas se estima que alcanzaría a 1 millón de hogares, de los que 100.000 serán monoparentales.
Durante la comparecencia de Escrivá, el ministro señaló que el ingreso mínimo vital será «muy extensa» y se pondrá en marcha «en tiempo récord», tal y como ha sido. Fuentes de la Vicepresidencia segunda de Derechos Sociales han avanzado que la renta mínima vital podría estar lista en mayo, aunque finalmente fue en junio cuando se aprobó la ayuda.
- Qué es el ingreso mínimo vital
- Quién puede recibir el ingreso mínimo vital
- Cantidad ingreso mínimo vital
- Solicitar ingreso mínimo vital
- Estado del ingreso mínimo vital
¿Qué es el ingreso mínimo vital?
El Ingreso Mínimo Vital es una prestación no contributiva de la Seguridad Social que garantiza unos ingresos mínimos a quienes carecen de ellos. El Gobierno lo define como un derecho subjetivo de la ciudadanía que se garantiza que va a estar disponible para quien lo necesite.
La renta mínima se ha diseñado «con mucho cuidado» y será compatible y complementará las rentas de las comunidades autónomas y ha avanzado que no habrá ningún conflicto de competencias autonómicas.
Dicha propuesta ha sido rescatada de los programas electorales de PSOE y del de Unidas Podemos. El ingreso mínimo vital es una medida económica para ampliar las ayudas que sirvan para paliar los efectos de la parálisis económica.
El propio ministro Escrivá ha incidido en que el ingreso mínimo vital no será de carácter excepcional, sino que será permanente ya que se trata del compromiso adquirido del Gobierno de coalición para esta legislatura.
¿En qué consiste?
Esta propuesta servirá como ingreso de los ciudadanos:
- Que no vivan acompañados y con una renta inferior a 200 euros mensuales.
- Que convivan con otra persona, y además de los ingresos inferiores a 200 euros, deberían acreditar una renta familiar media inferior a los 450 euros.
¿Quién podrá recibir el ingreso mínimo vital?
Las personas que pueden acceder a este ingreso son aquellas que no tienen acceso a ninguna de las ayudas que ha desplegado el Gobierno.
Entre estos casos encontramos a trabajadores de la economía sumergida (mercado negro). Estos no figuran en registros que justifiquen su contribución al sistema en algún momento.
Edad para el Ingreso Mínimo Vital
La ayuda del Ingreso Mínimo Vital la podrán solicitar las personas que tengan más de 18 años hasta 65 años. En caso de que el hogar sea de un solo miembro y sin ingresos, la edad mínima sera 21 años.
Además, hay excepciones, como si el beneficiario vive solo, que deberá de tener al menos 21 años y vivir emancipado tres años para poder solicitar la ayuda.
Límites de patrimonio
Para acceder a Ingreso Mínimo Vital se tendrá en cuenta la declaración de la renta del año anterior. El hecho de no haber presentado la renta no impedirá beneficiarte de esta ayuda.
Además, fuentes oficiales aseguran que quedarán excluidas de esta bonificación las familias que tengan en su patrimonio una vivienda en propiedad valorada en más de 100.000 euros.
Quién puede solicitar el ingreso minimo vital
En cada hogar habrá un titular que solicitará la prestación. Si el hogar está formado por una sola persona el titular deberá tener entre 23 y 65 años y llevar al menos tres años constituido como hogar. Si el hogar tiene dos o más miembros, de manera general la edad del titular estará entre 23 y 65 años salvo en los casos en que se cuente con menores a cargo. Estos hogares deberán llevar constituidos al menos un año.
¿Cuál será la cantidad a percibir?
La cantidad a percibir en el ingreso mínimo vital cambia en función de la estructura familiar. Por ejemplo, una persona sola recibiría 462 euros como prestación, que ascendería a los 600 euros en el caso de ser una pareja sin hijos.
En el caso en el que los progenitores tengan un hijo a su cargo, la cantidad aumenta hasta los 738 euros y se fija en los 700 euros en el caso de familias monoparentales.
La cantidad aumenta según el número de hijos y, en el caso de dos niños, el ingreso aumenta hasta los 877 euros para las familias con dos progenitores y hasta los 838 euros en familias monoparentales.
El máximo ingreso se daría con tres o más hijos, en los 1.015 euros en el caso de una familia con dos progenitores y de 977 euros en familias monoparentales.
La prestación está diseñada de forma que completa las rentas preexistentes (entre otras, las salariales), hasta el umbral garantizado para cada tipo de hogar. Si no se cuenta con rentas, se aseguraría la totalidad del umbral garantizado.
En caso de que si se disponga de ellas, se cubriría la diferencia entre el umbral garantizado y la renta ya existente. De esta forma, la renta media garantizada es de 10.070 euros al año por hogar, mientras que el importe de la prestación será de unos 4.400 euros anuales.
¿Cuándo se podrá cobrar?
El Gobierno aprobó el ingreso mínimo vital en el último Consejo de Ministros de mayo y el 1 de junio la medida fue ya recogida en el BOE. Dicha ayuda, empezarán a cobrarla unos 100.000 hogares vulnerables, según ha confirmado el Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá.
Tras ser recogida en el BOE el 1 de junio, la administración tendrá tres meses de plazo para responder a todas las peticiones que se presenten para cobrar la prestación.
A pesar de eso, y como ya hemos indicado, se espera que a finales de junio ya se aprueban ayudas a, más o menos, 100.000 hogares.
¿Cada cuánto tiempo se cobrará?
La renta mínima, según ha indicado el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, se cobrará «mensualmente». Además, «habrá un test sobre el patrimonio neto agregado» en el que se valorarán «todos los activos, menos las deudas y excluida la vivienda habitual».
Escrivá no ha concretado, sin embargo, los niveles de renta máximos para solicitar la prestación al depender de la tipología de los hogares, si hay niños y si se trata de familias monoparentales.
Además, este ingreso tendrá un carácter indefinido.
Sanciones
Desde el Gobierno apuntan a que existirán sanciones en función de la infracción que se realice a la hora de cobrar el Ingreso Mínimo Vital. De hecho, se puede llegar incluso a perder la ayuda o tener que pagar una multa. Hay tres tipos:
- Leve: no facilitar documentación.
- Grave: no comunicar cambios en la situación del hogar.
- Muy grave: fraude.
¿Cuándo se podrá solicitar el ingreso mínimo vital?
El ingreso mínimo vital se podrá solicitar a partir del próximo 15 de junio, aunque, para las solicitudes presentadas en los tres primeros meses, se concederá con efectos retroactivos al 1 de junio.
Además, durante el primer mes de vigencia de la prestación, se actuará de oficio para que se abone a unos 100.000 hogares que cumplen los requisitos, sin que sea necesario que la soliciten.
¿Cómo se solicita?
La solicitud será multicanal de forma que se podrá presentar a través de la sede electrónica de la Seguridad Social o enviando la documentación por correo ordinario. Además, se permitirá el acceso a través de los ayuntamientos una vez se firmen los convenios previstos. También en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social cuando retomen la atención al público.
Para facilitar información a los posibles beneficiarios, se pondrá en marcha un teléfono 900 y un simulador en la página web de la Seguridad Social. En dicha web también se podrán consultar dudas a través del asistente virtual.
Además, los beneficiarios contarán con incentivos a la contratación y también se creará un ‘sello social’ para las empresas que les ofrezcan formación y empleo.
«Aquellas empresas que ayuden a estos colectivos y les permitan una mayor integración en el mercado de trabajo o les hagan descuentos en compras, si cumplen determinadas condiciones, van a tener un sello social con un reconocimiento a la labor que están haciendo», ha explicado Escrivá.
Asimismo, se fomentará la participación en el mercado laboral con incentivos. De esta manera, cuando el titular de la prestación no tenga empleo y lo encuentre, parte de su salario estará exento transitoriamente en el cálculo de la prestación.
En el caso de que esté ocupado, cuando su salario se incremente, la cuantía de la prestación se reducirá en una cantidad inferior. En el caso de que el titular no esté ocupado, se exigirá la inscripción como demandante de empleo para el acceso a la prestación.
Teléfono de contacto
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha puesto en marcha una línea de teléfono gratuita para las consultas de los ciudadanos sobre el Ingreso Mínimo Vital. El número de teléfono, que está disponible de 9.00 a 14.30, ya está en funcionamiento y es el 900 20 22 22.
Sin embargo, el teléfono no es accesible para las personas sordas, por lo que la comunidad de personas sordas solicitan una comunicación más accesible. Como ejemplo para solucionar este problema, solicitan las videoconferencias con teleintérpretes
El INSS ha señalado que los ciudadanos se pueden informar sobre esta ayuda a través de la página web de la Seguridad Social. Otra opción es el asesor virtual. Además, cuenta con una herramienta de simulación, donde pueden comprobar si cumplen los requisitos para acceder a esta prestación y cuál sería la cuantía, en el caso de cumplirse. En menos de cuatro días en funcionamiento, se han realizado más de tres millones de simulaciones, superándose los 20 millones de interacciones.
Sobre la ayuda
La Seguridad Social será la entidad encargada de gestionar el Ingreso Mínimo Vital, a través de las autonomías y los municipios. Además, tal y como recoge el borrador, las CCAA y los ayuntamientos pueden firmar convenios con el instituto previsor para poder iniciar los expedientes.
Según el ministro Escrivá, el Gobierno ha estimado que el coste de la renta mínima se elevará a unos 3.000 millones de euros al año que serán financiados con cargo a los presupuestos generales del Estado y podría beneficiar a unos 850.000 hogares.
¿Se puede cobrar otra ayuda a la vez?
El ingreso mínimo vital podrían complementarse, además, con otras rentas salariales, así como con otras prestaciones de las comunidades autónomas.
¿Cómo puedo consultar el estado de mi solicitud?
A través de la propia sede de la Seguridad Social, se puede consultar el estado de la solicitud correspondiente.
Para ello, el primer paso es entrar en la web del Ingreso Mínimo Vital, que ha sido creada por la Seguridad Social. Una vez dentro, hay que hacer click en el apartado Aportar documentación a una solicitud, que está en la columna de la derecha.
Cuando estemos en dicha pestaña, habrá que rellenar los campos que aparecen, que en este caso son: código de solicitud y número de identificación, que puede ser el DNI o el NIE en el caso de los extranjeros. Una vez se rellenen estos huecos, se consigue el código de solicitud, que aparece en la última pantalla del formulario y que combina números y cifras.
Una vez introducidos los datos, y después de indicar que no se es un robot, hay que pulsar el botón Aceptar. En ese momento, aparecerá el estado de la solicitud del Ingreso Mínimo Vital.
En este caso habrá tres opciones:
- No se ha resuelto
- Si se ha aprobado
- Si ha sido denegada
- Hay que aportar alguna documentación adicional