El Ingreso Mínimo Vital es una prestación que garantiza un mínimo de ingresos para familias que han visto mermados sus recursos por la crisis propiciada por el Covid-19. Esta medida pretende llegar a un millón de familias españolas, por ello, son muchos los que se hacen la pregunta: ¿Hasta cuando se puede solicitar?
Pues bien, esta medida fue aprobada por el Gobierno el 1 de junio, con la intención de cubrir los gastos básicos de aquellos que más lo necesitan. Pese a que el plazo para inscribirse comenzó a mediados de junio, aún existen familias que continúan entregando la documentación necesaria para poder conseguir cobrar el Ingreso Mínimo Vital.
La fecha para poder presentar los documentos, por el momento, parece que se mantendrá durante mucho tiempo, pese a que el Gobierno comunicó que era una medida de carácter temporal. Probablemente, la segunda oleada del Covid-19 y la dura realidad de la economía española, ha abierto la posibilidad de que esta medida permanezca durante un tiempo más de lo esperado.
Requisitos para optar al Ingreso Mínimo Vital
En la propia web de la Seguridad Social, indican los pasos y documentos para poder solicitar el Ingreso Mínimo Vital.
- Aportar una imagen o documento con el DNI del solicitante, por ambas caras.
Por otro lado, es obligatorio que la solicitud del Ingreso Mínimo Vital esté acompañada por un documento donde se refleje la acreditación de su voluntad de solicitar la prestación mediante un escrito firmado por usted y todos los integrantes de la unidad de convivencia, indicando bajo la firma el nombre y apellidos de cada uno de ellos.
Para a continuación poner el nombre, apellidos, firma manuscrita y número de DNI/NIE del solicitante y, en caso de haberlos, el nombre, apellidos, firma manuscrita para cada miembro de la unidad de convivencia.
- Certificado de Empadronamiento Histórico – Colectivo: Se deberá entregar un certificado que acredite la residencia de todas las personas que han constado y/o constan empadronadas en un domicilio junto con el o la solicitante al menos un año – o tres años (en los supuestos de solicitud sin unidad de convivencia) – de antelación a la fecha de presentación de esta solicitud.
- Libro de familia o certificado en extracto con las partidas de nacimiento de los hijos, expedido por el Registro Civil correspondiente.
- Y por último la declaración responsable de ingresos y patrimonio.
Problemas a la hora de cobrar el Ingreso Mínimo Vital
El principal problema que está encontrando la administración a la hora de realizar los pagos es la gran avalancha de solicitudes recibidas en la Sede de la Seguridad Social. En este sentido, José Luis Escriva, ministro de la Seguridad Social, ha destacado la falta de personal, que hace que vaya todo algo más lento, y también apeló a que los solicitantes cumplimentasen los papeles de manera correcta, sin olvidar la documentación.
De esta manera, el Gobierno hizo el pago de forma urgente a 74.000 familias que solicitaron el ingreso y que debido a su situación excepcional ya han recibido la cuantía de los primeros meses de la ayuda.