El pasado año 2020 se aprobó por parte del Gobierno de España la prestación conocida como Ingreso Mínimo Vital (IMV), cuya finalidad es garantizar que todos los ciudadanos de España cuenten con un mínimo de ingresos que les permita vivir de forma digna.
Es decir, se trata de una prestación de carácter especial de protección al desempleo y a la carencia de rentas que nació en plena pandemia del Covid-19.
En concreto, fue aprobado el 29 de mayo de 2020 por un Consejo de Ministros extraordinario y actualmente se encuentra regulado en el Real Decreto-Ley 20/2020 de 29 de mayo.
¿En que consiste el Ingreso Mínimo Vital?
El Ingreso Mínimo Vital se trata de una prestación de carácter no contributiva gestionada por la Seguridad Social y que se encuentra financiada a través de los impuestos de los ciudadanos y no por contribuciones sociales. Además, se trata de una prestación con carácter indefinido.
Según las estimaciones del Gobierno de España, el Ingreso Mínimo Vital beneficiará a cada año a un total de 2,3 millones de personas y en torno a 850.000 hogares. Si bien, esta prestación tendrá un coste anual para el Ejecutivo central de unos 3.000 millones de euros al año.
En definitiva, se trata de una prestación no contributiva de la Seguridad Social que garantiza unos ingresos mínimos a personas en situación de vulnerabilidad económica. Si bien, para percibir este tipo de prestación es fundamental cumplir con una serie de requisitos claves.
¿Es compatible con otro tipo de ingresos?
Según los datos aportados por el Gobierno de España, el importe del Ingreso Mínimo Vital mensual para las personas que vivan solas será de 462 euros. No obstante, si se trata de una unidad de convivencia se añadirá 139 euros a esta renta base por cada persona adicional, ya sea adulto o menor.
En concreto, el Ingreso Mínimo Vital podría llegar a un máximo de 1.015 euros al mes. Si bien, para familias monoparentales también se añade un complemento adicional de 100 euros mensuales por cada menor. Se trata de una prestación que se cobra mensualmente en 12 pagas.
Un aspecto a tener en cuenta es que el Ingreso Mínimo Vital si puede ser compatible con otro tipo de ingresos. Eso sí, siempre que no se supere el umbral económico establecido. Es decir, puede compatibilizarse con trabajos por cuenta ajena o trabajo autónomo.
Por lo tanto, no se dirige únicamente a personas en situación de desempleo o sin ningún ingreso. También podrán acceder a ellos personas u hogares con bajos ingresos o empleos precarios.
Por otra parte, tal y como informan desde el Instituto BBVA, el Ingreso Mínimo Vital también puede ser compatible con otras ayudas sociales de carácter finalista. Por ejemplo, becas o ayudas para el estudio, ayudas por vivienda, ayudas de emergencia, y otras similares.