El acoso laboral es una situación a la que puede enfrentarse un trabajador en España. Aunque muchas personas lo desconocen, la baja médica de incapacidad temporal debido a acoso laboral es más habitual de lo que parece.
Hasta ahora, la Seguridad Social reconocía la baja médica de un trabajador por acoso laboral como contingencia común. Sin embargo, se está empezando a reconocer este tipo de incapacidad temporal como accidente de trabajo.
Incapacidad temporal por acoso laboral en España
Los profesionales de ‘Fidelitis’ explican que «el ‘mobbing’ o acoso laboral se trata de una situación que se produce en el entorno de trabajo y que consiste en acosar al trabajador de forma continua y reiterada, con la intención de menoscabar su dignidad o integridad psíquica».
El concepto de acoso laboral puede estar relacionado con diferentes acciones, como agresiones verbales, acorralamiento, amenazas, violencia psicológica o volumen de trabajo inasumible, entre otras muchas opciones.
Además, el acoso laboral puede ser constitutivo de delito, tal y como se encuentra regulado en el artículo 173 del Código Penal. En este sentido, muchos trabajadores en España pasan a una situación de baja por incapacidad temporal debido a una situación de acoso laboral.
Hay que recordar que una incapacidad temporal puede derivar de contingencias comunes (accidente de trabajo o enfermedad profesional) o contingencias profesionales (accidente no laboral o enfermedad común). El hecho causante es un elemento clave en cualquier proceso de baja laboral.
Con todo ello, cuando un trabajador sufre acoso laboral, es posible que las consecuencias psíquicas lleven al trabajador a acceder a una situación de baja médica por incapacidad temporal. En circunstancias muy graves, el acoso laboral también puede implicar consecuencias físicas.
La baja por acoso laboral se considera accidente de trabajo
El acoso laboral en un trabajador puede causarle diferentes patologías como la ansiedad o la depresión. Son enfermedades que incapacitan al trabajador para desarrollar su actividad laboral con normalidad, especialmente si el centro de trabajo es un entorno en el que ha sufrido acoso laboral.
Por todo ello, en este tipo de circunstancias, es habitual que el trabajador solicite una baja laboral por incapacidad temporal. Sin embargo, es necesario tener en cuenta ciertos aspectos que generan incertidumbre respecto a este tipo de procesos.
Desde ‘Fidelitis’ aclaran que «nuestra legislación de Seguridad y Salud en el Trabajo carece de una regulación básica sobre este tipo de riesgos tanto en el sector público como en el privado. No obstante, la doctrina se encamina a reconocer las enfermedades psíquicas como accidentes de trabajo, dado que la baja laboral es debida a una patología causada por el ambiente y las condiciones de trabajo».
Además, el Tribunal Supremo ha determinado que el acoso laboral debe considerarse como una contingencia profesional en casos de baja médica por incapacidad temporal. Esto es algo que deben conocer los ciudadanos en España.
A veces, se sigue fijando como contingencia común una baja laboral por acoso laboral. Si sucede este hecho, es recomendable que el trabajador inicie un procedimiento de cambio de contingencia ante la entidad gestora.
La determinación de una contingencia concreta puede tener consecuencias en la baja laboral. Entre otras cosas, tiene una influencia de gran relevancia sobre la cuantía que cobrará el trabajador por su prestación por incapacidad temporal. En caso de accidente de trabajo, la prestación de incapacidad temporal tiene una cuantía equivalente al 75% de la base reguladora desde el primer día hasta el último de la baja laboral.