Las personas que tienen reconocida una pensión de incapacidad permanente total pueden cobrar la pensión en doce pagas o catorce pagas durante el año, en función del hecho causante. En este caso, la contingencia puede determinar si se cobra paga extra en junio o no.
Hay que recordar que la pensión de incapacidad permanente total inhabilita al trabajador para desarrollar su profesión habitual, debido a que presenta enfermedad o lesión que le impiden ejercer dicha actividad laboral con suficientes garantías.
No obstante, la pensión de incapacidad permanente total puede ser compatible con otras actividades laborales que no entren en conflicto con el grado de invalidez reconocido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Incapacidad permanente total y paga extra
La incapacidad permanente total puede derivar de contingencias comunes (accidente no laboral o enfermedad común) o de contingencias profesionales (accidente de trabajo o enfermedad profesional).
Cuando la incapacidad total deriva de accidente no laboral o enfermedad común, la pensión se devenga en 14 pagas durante el año. Es decir, doce pagos correspondientes a cada mes del año y dos pagas extraordinarias.
Las pagas extraordinarias se abonan en los meses de junio y noviembre, y se conocen como paga extra de verano y paga extra de Navidad, respectivamente. Así, las personas que tienen reconocida una pensión de incapacidad permanente total derivada de accidente no laboral o enfermedad común tendrán paga extra en junio de 2023.
Pensionistas sin paga extra
Por su parte, la Seguridad Social establece que las pensiones que derivan de accidente de trabajo o enfermedad profesional se devengan en 12 pagas al año. En este caso, no se tiene derecho a paga extraordinaria.
De esta forma, las personas que cobran una incapacidad permanente total derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional no cobrarán la paga extraordinaria de verano en junio de 2023.
Estos pensionistas de incapacidad total tienen las pagas extraordinarias prorrateadas en las doce mensualidades ordinarias del año. Si bien, esto no significa que cobren una cuantía inferior al resto en cómputo anual.
Cuantía de la paga extra
En el caso de los beneficiarios de incapacidad permanente total con derecho a paga extra, recibirán el pago entre el día 22 y 26 de junio de 2023. El día de pago depende de la actividad que lleve a cabo cada entidad bancaria.
Así, la paga extraordinaria tiene una cuantía igual a la mensualidad ordinaria que habitualmente cobra el pensionista. Por ello, las personas que cobran una incapacidad permanente total derivada de accidente no laboral o enfermedad común, cobrarán una paga doble en junio de 2023.
Supongamos que un beneficiario de incapacidad permanente total cobra normalmente una mensualidad ordinaria de 1.350 euros al mes. Así, el importe de la paga extra también será de 1.350 euros.
Los bancos suelen realizar el pago de la mensualidad ordinaria y la paga extra el mismo día. Por tanto, dicho beneficiario de incapacidad total tendrá un ingreso de 2.700 euros en junio de 2023. Esto es algo con lo que no cuentan los beneficiarios de incapacidad permanente total cuya contingencia es una enfermedad común o accidente no laboral.