La pensión de incapacidad permanente total tiene una cuantía, por norma general, equivalente al 55% de la base reguladora. Sin embargo, puede aumentar de forma considerable si la persona beneficiaria se encuentra en paro y cumple con ciertas condiciones exigidas por la Seguridad Social.
El grado de incapacidad total inhabilita al trabajador para ejercer su profesión habitual. Sin embargo, la pensión puede ser compatible con diferentes actividades laborales que no entren en conflicto con las limitaciones que han dado lugar al reconocimiento de la pensión de invalidez por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Debido al alto grado de compatibilidad con otras actividades laborales diferentes a la profesión habitual, el importe de la pensión en términos generales es equivalente al 55% de la base reguladora.
Aumento de la base reguladora
Dentro de la incapacidad permanente total encontramos un subtipo, denominado incapacidad permanente total cualificada. Esta modalidad ocurre cuando la persona beneficiaria de la pensión de incapacidad total tiene 55 años o más (sin llegar a la edad de jubilación) y se encuentra en paro.
En estas situaciones, la cuantía de la pensión de incapacidad permanente total sube un 20%. Es decir, la pensión llega a ser de un 75% de la base reguladora del trabajador.
Por tanto, al estar en paro, la cuantía de la pensión de incapacidad total puede subir un 20% de la base reguladora. Si bien, para ello es necesario que la persona beneficiaria tenga 55 años o más. En caso de tener una edad inferior no se aplicará ningún incremento, aunque la persona beneficiaria esté en una situación de desempleo.
Incapacidad permanente total cualificada
Puede darse el caso de que una persona perceptora de la incapacidad permanente total cualificada inicie una nueva actividad laboral. En esta situación ¿Qué ocurre con la pensión contributiva de la Seguridad Social?
Si esta situación tiene lugar, la Seguridad Social informa que no se pierde el derecho a cobrar la pensión de incapacidad total. Sin embargo, dicha pensión volverá a tener un importe del 55% de la base reguladora.
En definitiva, la situación de incapacidad permanente total cualificada no puede ser compatible con la percepción de ingresos por una actividad laboral, al contrario de lo que sucede con la incapacidad total normal.
¿Por qué aumenta un 20%?
El aumento del 20% en la incapacidad permanente total se produce debido a que se entiende que a partir de los 55 años de edad es más complicado volver a acceder al mercado laboral. Más aún en caso de presentar ciertas limitaciones psíquicas o físicas. De esta forma, la Seguridad Social ofrece un incremento más apropiado para el ciudadano.
Aunque se le aplique esta subida del 20%, las pensiones de incapacidad permanente total cualificada también contarán con las revalorizaciones correspondientes de las pensiones contributivas del sistema español.
Así, desde ‘Fidelitis‘ manifiestan que «es importante recordar que una pensión por incapacidad permanente total cualificada es vitalicia, pero está sometida a revisiones periódicas hasta cumplir la edad de jubilación, lo que significa que puede ser anulada si el Tribunal Médico observa una mejoría».