El IMSERSO aprueba un complemento de 525 euros para la pensión no contributiva

Los pensionistas de carácter no contributivo pueden acceder a un complemento de ayuda de 525 euros, gestionado por el IMSERSO

Complemento de la pensión no contributiva del IMSERSO./ Licencia Adobe Stock

El IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales) se encarga de la gestión de las pensiones no contributivas de jubilación o invalidez en España. Estas pensiones se pueden cobrar sin haber cotizado nunca a la Seguridad Social.

Hay que tener en cuenta que este tipo de pensiones están pensadas para las personas con bajas rentas y que no cumplen con los requisitos necesarios de cotización para cobrar una pensión contributiva del sistema español.

Desde el IMSERSO explican que «el Estado a través de la Seguridad Social garantiza a las personas comprendidas en su campo de aplicación, por realizar una actividad profesional o por cumplir los requisitos exigidos en la modalidad no contributiva, la protección adecuada frente a las contingencias y en las situaciones que se contemplan en la Ley General de la Seguridad Social«.

Complemento del IMSERSO a las PNC

El Gobierno de España establece cada año en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) la cuantía a percibir por las pensiones no contributivas (PNC). Así, el importe de las pensiones no contributivas en 2023 es de 6.784,54 euros al año.

Complemento de la pensión no contributiva del IMSERSO./ Licencia Adobe Stock
Complemento de la pensión no contributiva del IMSERSO./ Licencia Adobe Stock

Si bien, el IMSERSO también ofrece la posibilidad de acceder a un complemento anual de 525 euros a modo de ayuda al alquiler para los beneficiarios de una pensión no contributiva.

Así, estos son los requisitos necesarios para acceder al complemento económico de 525 euros de ayuda al alquiler:

  1. Tener reconocida una pensión no contributiva de jubilación o invalidez del IMSERSO.
  2. Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda.
  3. No se debe tener una relación conyugal o de parentesco hasta tercer grado de consanguinidad con el arrendador de la vivienda.
  4. Tener fijada la residencia habitual en la vivienda alquilada. Se entiende como domicilio habitual aquel con un contrato de arrendamiento no inferior a un año.

Desde el IMSERSO explican que «si en la misma vivienda alquilada conviven dos o más personas que tuvieran reconocida una PNC, solo tendrá derecho a este complemento aquel que sea el titular del contrato de arrendamiento o, de ser varios, el primero de ellos.Solicitud del complemento».

Solicitud del complemento al alquiler

Las personas que cumplan los requisitos tendrán que realizar su solicitud en los órganos territoriales pertinentes de gestión del Instituto de Mayores y Servicios Sociales. La solicitud de dicho complemento se puede llevar a cabo en 2023 hasta el próximo 31 de diciembre.


En la propia página web del IMSERSO, las personas interesadas en cobrar el complemento de ayuda al alquiler pueden encontrar los formularios de solicitud pertinentes para Comunidades Autónomas y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

Desde el IMSERSO recuerdan que «el Real Decreto 1191/2012, de 3 de agosto, establece las normas para el reconocimiento del complemento de pensión para el alquiler de vivienda a favor de los pensionistas de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva».

Hay que tener en cuenta que se trata de una medida de apoyo para pensionistas que reciben una pensión no contributiva del sistema español, ya que estas prestaciones suelen tener un importe inferior a las pensiones contributivas.

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