Dato que deben comunicar los autónomos a la Seguridad Social./ Licencia Adobe Stock

El importante dato que deben comunicar los autónomos a la Seguridad Social

La Seguridad Social recuerda uno de los trámites obligatorios que deben completar los trabajadores autónomos en España

Los trabajadores autónomos deben cumplir ciertas obligaciones con la Seguridad Social, en relación a la naturaleza de su actividad laboral. Y es que estos trabajadores autónomos tienen un modo de relacionarse con la Seguridad Social diferente al de los trabajadores que cotizan a través del Régimen General.

Desde la Administración explican que «al entrar en el mundo profesional, es necesario cumplir con varias obligaciones, entre ellas, tributar por los ingresos ante Hacienda y cotizar a la Seguridad Social para tener derecho a prestaciones y colaborar en el mantenimiento del sistema».

En este sentido, los trabajadores autónomos deben estar afiliados en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Actualmente, los trabajadores autónomos deben pagar una cuota mensual de cotización a la Seguridad Social, cuyo importe depende de sus ingresos netos mensuales.

Dato que deben comunicar los autónomos a la Seguridad Social

Los trabajadores autónomos tienen la obligación de comunicar a la Seguridad Social ciertos datos claves en relación a su actividad laboral. Así, desde la propia Administración recuerdan un trámite fundamental que deben llevar a cabo los trabajadores por cuenta propia.

Dato que deben comunicar los autónomos a la Seguridad Social
Dato que deben comunicar los autónomos a la Seguridad Social./ Licencia Adobe Stock

Supongamos que un trabajador autónomo va a dejar de ejercer una de sus actividades declaradas. En este caso, dicho trabajador autónomo tiene la obligación de comunicar este hecho a la Seguridad Social.

Así, el trabajador autónomo puede comunicar a la Seguridad Social que va a dejar de ejercer una de sus actividades declaradas a través del portal ‘Import@ss’. Es decir, la comunicación se puede realizar de manera sencilla por vía online.

El trabajador autónomo debe comunicar el fin de su actividad en los tres días siguientes a la finalización de la misma. Se trata de un dato de gran importancia por el que tendrá que informarse a la Seguridad Social.

Para comunicar dicha información, es necesario indicar la fecha del final de actividad y el Código del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y la Administración Tributaria a la que pertenece el trabajador.


Puede darse la circunstancia de que la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) solicite al trabajador la aportación de alguna documentación adicional, aunque no es habitual.

La importancia de darse de alta como autónomo

En otro orden de cosas, desde la Seguridad Social recuerdan que «si eres mayor de 18 años y vas a realizar de manera habitual una actividad económica sin un contrato de trabajo que te vincule a una empresa tienes que darte de alta en la Seguridad Social como trabajador autónomo».

Además, la normativa de la Seguridad Social matiza que «si tienes 16 años, pero vas a realizar una actividad como socio de trabajo de una cooperativa de trabajo asociado como autónomo, debes tramitar tu alta, ya que puedes tener la condición de socio trabajador a partir de esa edad».

Darse de alta como autónomo en este tipo de situaciones es obligatorio. Así, el pago de la cuota de cotización mensual permitirá que el trabajador autónomo quede protegido por la Administración ante los siguientes posibles situaciones:

Así, la acción de darse de alta como trabajador autónomo es fundamental para cualquier persona que realice una actividad laboral por cuenta propia. Del mismo modo, resulta imprescindible comunicar a la Seguridad Social el fin de algunas de las actividades declaradas por parte del trabajador autónomo.

Salir de la versión móvil