El Gobierno de España ha cerrado recientemente un nuevo acuerdo sobre pensiones con los agentes sociales. En dicho acuerdo se incorpora una importante medida que afecta a los procesos de baja laboral por incapacidad temporal.
Además, se incluyen medidas importantes como la compatibilización del 100% entre la pensión de jubilación y la actividad laboral a través de la jubilación activa, a partir del quinto año de demora. Esta medida es compatible con los incentivos de la jubilación demorada.
También se han acordado nuevos incentivos para los ciudadanos que accedan a la jubilación demorada, más allá de los ya existentes. Igualmente, también habrá modificaciones relativas a la jubilación parcial.
Cambios en la incapacidad temporal
Uno de los puntos importantes de esta reforma se encuentra en la implicación de las Mutuas de Incapacidad Temporal (IT) a la hora de colaborar con los Servicios Públicos de Salud. En concreto, en lo referente a la realización de pruebas diagnósticas para enfermedades traumatológicas, siempre sujetas a la voluntariedad y consentimiento de los ciudadanos.
Es decir, los médicos de la Seguridad Social derivarán a las mutuas de incapacidad temporal las bajas de origen traumatológico, aunque seguirán dando el alta médica.
Del mismo modo, Gobierno y agentes sociales han acordado abrir una línea de trabajo para poder realizar un seguimiento de los indicados de incapacidad temporal, en base a lo establecido en el Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC).
Con la puesta en marcha de este nuevo acuerdo, los médicos de la Sanidad Pública española podrán derivar a las mutuas los casos de incapacidad temporal que deriven de enfermedades comunes de origen traumatológico.
Este procedimiento se seguirá, especialmente, en aquellos casos de trabajadores que presenten una duración de baja laboral superior a lo recomendado por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Así se desprende del acuerdo cerrado entre el Gobierno de España y los agentes sociales.
Beneficios de la nueva medida de bajas laborales
Por lo general, se trata de una medida que se utilizará en procesos que afecten a trabajadores en situación de incapacidad temporal cuya cobertura corresponda a la Mutua colaboradora de la Seguridad Social. Es decir, no se aplicará en la totalidad de los casos, sino en aquellos en los que se cumplan las condiciones acordadas.
Uno de los aspectos claves que recoge la normativa es que el traspaso a la mutua siempre quedará supeditado a la voluntariedad y consentimiento de los pacientes. Esto es algo que deben conocer los trabajadores que se enfrenten a una situación similar de incapacidad temporal.
En cualquier caso, los médicos del Servicio Público de Salud mantendrán la potestad para poder tramitar el alta médica de los trabajadores que se encuentren de baja laboral por incapacidad temporal en este tipo de situaciones.
El principal objetivo del Gobierno de España con esta medida, consiste en mejorar y acelerar los procedimientos de diagnóstico y tratamientos para los pacientes. Habitualmente, los servicios públicos de salud se encuentran saturados en la especialidad de traumatología.
Por tanto, se persigue un beneficio para los trabajadores con incapacidad temporal de origen traumatológico; a la vez que se busca reducir la saturación de la atención médica en los servicios públicos de salud.