El pasado 2 de abril se inauguró la nueva campaña de la Declaración de la Renta, gestionada por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)
y todos los ciudadanos españoles tienen la obligación de ponerse al día con Hacienda a través del pago del IRPF (Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas). En este artículo vamos a hablar sobre los beneficios que tienen los padres de un hijo con discapacidad a la hora de hacer este trámite.
En primer lugar, debemos de tener en cuenta que para la Agencia Tributaria hablamos de persona con discapacidad cuando una persona acredita tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Esto quiere decir que, cualquier hijo que tenga un 33% de discapacidad o superior podrá acogerse a los beneficios que vamos a explicar a continuación.
Debemos de tener en cuenta que el IRPF, según el propio Gobierno de España, «es un tributo que deben pagar al Estado los ciudadanos residentes en España. Grava la renta que se ha obtenido a lo largo de un año, teniendo en cuenta las circunstancias personales y familiares de cada persona».
Beneficios en la Declaración de la Renta si tengo un hijo con discapacidad
Uno de los beneficios que se pueden tener a la hora de hacer la Delcaración de la Renta tiene que ver con tener un hijo con discapacidad, ya que existen deducciones a las que puede acogerse la familia.
De cara a realizar la Declaración de la Renta en 2025, correspondiente al ejercicio fiscal de 2024, podemos contar con estos beneficios fiscales:
- Deducción por discapacidad o familia numerosa: Los contribuyentes podrán acceder a una deducción de hasta 1.200 euros en caso de familia numerosa o por tener un descendiente con discapacidad.
- La deducción puede llegar a 2.400 euros si se trata de una familia numerosa con categoría especial.
A la hora de presentar la Declaración de la Renta, los contribuyentes con hijos con discapacidad deben tener en cuenta las deducciones estatales existentes. De este modo, es posible ahorrar miles de euros respecto al impuesto del IRPF. Además, a estos beneficios fiscales que hemos mencionado hay que sumarle las deducciones autonómicas por hijo con discapacidad que se suman.
¿Cómo acreditar el grado de discapacidad en la Declaración de la Renta?
Desde la Agencia Tributaria explican que se tendrá que acreditar el grado de discapacidad, la necesidad de ayuda de terceras personas o la movilidad reducida con un certificado emitido por el IMSERSO o por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
No obstante, se considera que tienes acreditado un grado de discapacidad:
- Igual o superior al 33% si
- Percibes una pensión de la Seguridad Social por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez
- Percibes una pensión de clases pasivas de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
- Igual o superior al 65% si tu incapacidad ha sido declarada judicialmente en el orden civil, aunque no alcances dicho grado. Tras la reforma del Código Civil la incapacitación judicial se extiende a las resoluciones judiciales del orden civil que establezcan la curatela representativa de las personas con discapacidad.
No obstante, en aquellos casos en que sus circunstancias específicas lo justifiquen, podrá acreditar la condición de persona con discapacidad por cualquier medio de prueba admitido en derecho.