El reparto de la herencia no es más que el final de un camino tedioso que todos debemos recorrer cuando fallece un familiar. Al momento triste de la pérdida, hay que sumar una serie de decisiones que debemos tomar de manera precipitada. Es cierto que nadie está preparado para ello, pero conocer estos trámites, puede ayudar llegado el momento.
Y es que en muchas ocasiones, hemos hablado del trámite de la herencia. Pedir certificados, averiguar si hay o no testamento, localizar a los herederos, liquidar los impuestos, aceptar o rechazar la herencia ante notario… Un sinfín de gestiones, que aunque comienzan tras fallecer un familiar, van bastante después de lo más inmediato.
Por tanto, si tramitar la herencia no es lo primero, ¿Qué es lo más inmediato? Pues por lo pronto, en el mismo instante que fallece una persona, un médico debe certificar la muerte. Si el causante se encuentra en un hospital, este trámite es más liviano, ya que se encargan desde allí. Sin embargo, si la persona fallece en casa, hay que avisar a un médico para que acuda a certificar la muerte.
Este certificado de defunción, es super importante para todos los trámites posteriores, incluida la herencia. En este documento, vienen reflejados los datos personales más importantes del causante, incluidos la fecha de la muerte, el motivo y el médico que lo certifica. Además, sirve para anotar la defunción en el Registro Civil pasadas 24 horas.
El difícil recorrido hasta llegar a la herencia
Asumir que perdemos un familiar, es difícilmente compatible con pensar con claridad. Es un momento delicado, en el que afrontar ciertos trámites se nos puede hacer cuesta arriba. Sin embargo, hay temas que son ineludibles. Mucho antes de llegar a la tramitación de una herencia, hay pasos que hay que dar, pues de ellos dependen cerrar esta etapa vital de una persona. Aunque nadie esta preparado para ello, te mostramos algunas de estas gestiones inevitables:
Organización de las exequias
Fallece un familiar y lo primero, es organizar lo que podemos llamar su despedida. Dónde lo vamos a velar, en casa, en un tanatorio… ¿Queremos poner flores? ¿De qué tipo?, ¿Cuántas?… ¿Quién hace las esquelas? ¿Cómo?. Estas son alguna de las dudas que se nos pueden plantear. Sin embargo, lo primero es averiguar si el fallecido contaba con un seguro de decesos. Si es así, lo normal es que ellos se encarguen de lo básico.
Sin embargo, si no es así, lo mejor es contactar con una funeraria para que haga el trabajo. Estas empresas se encargan de el traslado y acondicionamiento del cuerpo, organizar el velatorio y resolver los aspectos más importantes de dicha ‘despedida’. De este modo, los familiares no tendrán que estar tan pendientes.
La gran decisión
Decidir entre entierro o incineración, es otros de los dilemas más habituales entre los familiares. Si el fallecido no manifestó su voluntad sobre este asunto en ningún sitio, la decisión recae sobre las personas más allegadas. En caso de contratar los servicios funerarios, estos se encargarán de todo: contactar con la parroquia o el cementerio municipal, con el enterrador, o con un horno crematorio, si fuese necesario.
Uno de los problemas habituales, es que el fallecido no cuente con un espacio para ser enterrado. Lo que se conoce como nicho. En estos casos, es que algún familiar que sí tenga lo ceda, al menos temporalmente, hasta encontrar alguno. Por otra parte, hay que tener en cuenta que las cenizas no se pueden depositar en cualquier sitio. En muchos casos, como para el mar o zonas naturales, se necesitan ciertos permisos.
Certificado de Últimas Voluntades y herencia
Transcurridos 15 días hábiles desde el fallecimiento de una persona, se puede solicitar el Certificado de Últimas Voluntades. Esto significa el comienzo de una nueva andadura, la de tramitar la herencia. Este documento es tan importante, porque en él se revela si el causante otorgó testamento y ante qué notario lo hizo.
De este modo, determina el camino que los herederos deberán seguir para la partición. Si hay testamento, en él constarán los herederos, el caudal hereditario del causante y la forma de reparto. Sin embargo, si no lo hay, la herencia habrá de repartirse conforme dicta la ley. En cualquier caso, hay una serie de trámites como que el heredero acepte o rechace la herencia, o la liquidación de algunos impuestos como el de Sucesiones, que son ineludibles.