Muchas personas confunden la prestación por desempleo y el subsidio por desempleo, aunque no son lo mismo. En este sentido, existen diferencias importantes, especialmente relacionadas con la cuantía económica a percibir y la duración.
Desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) explican que «la prestación contributiva protege la situación de desempleo de quienes pudiendo y queriendo trabajar, pierdan su empleo de forma temporal o definitiva o vean reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo entre un mínimo de un 10 % y un 70 %».
Por su parte, el subsidio por desempleo es una ayuda económica del Gobierno de España para personas que han dejado de cobrar la prestación contributiva por desempleo y siguen en paro. También existe el subsidio por cotización insuficiente, que se dirige a las personas que no han cotizado lo suficiente para tener derecho a la prestación contributiva por desempleo.
Duración de la prestación contributiva por desempleo
La duración máxima de la prestación contributiva por desempleo depende de las cotizaciones al desempleo que haya realizado el trabajador en los últimos seis años previos a la situación legal de desempleo o al momento en el que cesó la obligación de cotizar, o en su caso, desde el nacimiento a la prestación por desempleo anterior.
Además, desde el SEPE añaden que «la duración de la prestación por desempleo de las personas emigrantes retornadas o liberadas de prisión dependerá de los periodos de ocupación cotizados correspondientes a los 6 años anteriores a la salida de España o al ingreso en prisión respectivamente, salvo cuando tenga cotizaciones efectuadas en el extranjero o prisión que sean computables para la obtención de la prestación».
Por su parte, la cuantía a percibir una prestación contributiva por desempleo depende de las bases de cotización a la Seguridad Social por contingencias profesionales, durante los últimos 180 días de cotización, sin contar las horas extraordinarias.
Duración de subsidios por desempleo
Todos los subsidios por desempleo tienen una cuantía equivalente al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). Se trata de un importe de 480 euros al mes en 2023, tras la subida del IPREM mensual a 600 euros.
Así, la duración máxima depende de cada subsidio en cuestión. En el caso de la Renta Activa de Inserción (RAI), la duración máxima de percepción de la ayuda es de once meses.
El subsidio para mayores de 52 años se puede cobrar desde los 52 años hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación, aunque para ello es necesario cumplir cada año los requisitos que dieron origen a la percepción inicial del subsidio.
En el caso del subsidio para mayores de 45 años, la duración máxima de percepción es de seis meses. Por su parte, en el subsidio con cargas familiares, la duración inicial es de seis meses, aunque se puede prorrogar hasta un máximo de 30 meses en determinadas situaciones.
Finalmente, tenemos el subsidio por cotización insuficiente, cuya duración depende de los meses cotizados previamente a la Seguridad Social y la presencia o no de responsabilidades familiares. En este caso, la duración del subsidio puede ir desde 3 meses a 21 meses, según cada caso.