Desde el 1 de noviembre de 2024 está en vigor la nueva reforma por desempleo en España. Así, las personas que han agotado la prestación contributiva por desempleo tienen la posibilidad de cobrar el nuevo subsidio del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), con un importe de 570 euros al mes.
Al respecto, desde el SEPE aclaran que «si eres menor de 45 años y no tienes responsabilidades familiares, la prestación por desempleo agotada debe haber tenido una duración igual o superior a 360 días».
Subsidio por desempleo de 570 euros al mes
Para cobrar el subsidio por desempleo de 570 euros al mes, tras el agotamiento de una prestación contributiva del paro, es obligatorio cumplir con los siguientes requisitos establecidos por parte del SEPE:
- Estar en situación de desempleo.
- Haber agotado la prestación contributiva por desempleo el día 1 de noviembre de 2024 o con posterioridad.
- No tener derecho a cobrar la prestación contributiva del paro.
- Suscribir el compromiso de actividad.
- Estar inscrito como demandante de empleo y mantener la inscripción durante todo el periodo de percepción del subsidio.
- Carecer de rentas propias o, alternativamente, acreditar responsabilidades familiares.
Desde el SEPE manifiestan que «los requisitos de carencia de rentas o, en su caso, de existencia de responsabilidades familiares deberán concurrir en la fecha de la solicitud del subsidio, así como en la fecha de la solicitud de sus prórrogas o reanudaciones».
Cuantía y duración del subsidio por desempleo del SEPE
La reforma del subsidio por desempleo del SEPE ha provocado cambios importantes con respecto a la duración y cuantía a cobrar por la correspondiente prestación. Así, a duración máxima del subsidio depende de tres factores:
- Edad de la persona beneficiaria en el momento del agotamiento de la prestación contributiva por desempleo.
- Acreditación o no de responsabilidades familiares.
- Duración de la prestación por desempleo agotada.
A continuación, los usuarios pueden observar en la siguiente tabla la duración máxima del subsidio por desempleo en función de los factores descritos anteriormente:
Acreditación responsabilidades familiares | Edad en la fecha de agotamiento de la prestación | Duración de la prestación por desempleo agotada | Duración máxima del subsidio |
No | <45 | >= 360 días | 6 meses |
>45 | >= 120 días | ||
Sí | Indiferente | = 120 días | 24 meses |
Sí | Indiferente | >=180 días | 30 meses |
Antes de la entrada en vigor de la reforma, la cuantía del subsidio por desempleo siempre era equivalente al 80% del IPREM (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples). Teniendo en cuenta el IPREM actual, supone un importe de 480 euros al mes.
Con la nueva normativa, se ha producido un incremento en la cuantía a cobrar por el subsidio por desempleo del SEPE:
- Importe equivalente al 95% del IPREM (570 euros al mes) durante los primeros seis meses de percepción del subsidio.
- Importe equivalente al 90% del IPREM (540 euros al mes) durante los seis meses posteriores.
- Importe equivalente al 80% del IPREM (480 euros al mes) durante el resto de duración del subsidio.
Por tanto, tras el agotamiento de la prestación contributiva por desempleo, un ciudadano puede llegar a percibir un subsidio por desempleo con una cuantía de hasta 570 euros al mes; y por un periodo máximo de 30 meses.
El subsidio por desempleo se puede seguir solicitando a través de la Sede Electrónica del SEPE, por correo administrativo, en las oficinas de prestaciones o en cualquier oficina de registro público.
Como conclusión, desde el SEPE señalan que «solo puedes solicitar el alta inicial del subsidio dentro del plazo de los seis meses siguientes a la fecha del agotamiento de la prestación contributiva. Si lo solicitas fuera de dicho plazo, se te denegará».