La Agencia Tributaria (Hacienda) nos vigila a través de nuestro teléfono móvil. Es una realidad y además es completamente legal. Las nuevas tecnologías y el mundo globalizado han permitido que los ciudadanos estén en constante control por parte de la Administración Pública, el Gobierno o ‘Google‘. Y todo ello mediante la geolocalización del teléfono móvil.
En este contexto, es necesario destacar que en octubre de 2020 se aprobó la Ley del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales, conocida popularmente como ‘Tasa Google’. Esta medida entró en vigor a principios de 2021.
Además, un poco más adelante se aplicaron ciertas modificaciones con el objetivo de mejorar el rastreo de los clientes a los que prestan servicio las multinacionales tecnológicas. Dicho rastreo es posible debido a la geolocalización de nuestros teléfonos móviles.
A pesar de la libertad de la que gozan los ciudadanos, la realidad es que estamos controlados constantemente a través de la geolocalización del teléfono móvil. Por ejemplo, desde la Agencia Tributaria tienen la capacidad de conocer que personas utilizan los servicios mencionados anteriormente en España.
De esta forma, Hacienda puede aplicarles la ‘Tasa Google’ a las personas que utilicen los servicios tecnológicos en cuestión dentro de las fronteras de España. Es importante destacar que dichos impuestos se aplican a las empresas y no a los ciudadanos.
Control de Hacienda a través del teléfono móvil
Los profesionales de ‘Expansión‘ aseguran que la Agencia Tributaria (Hacienda) ya ha comenzado a hacer gala de estos controles de vigilancia. Así, indican que ya habrían logrado controlar operaciones de hasta 8.000 millones de euros en tan solo un año. No obstante, la recaudación se ha mantenido por debajo de los márgenes previstos en un primer momento.
Una de las características más importantes de la ‘Tasa Google’, es que el impuesto a aplicarse a una multinacional tecnológica tendrá acción cuando el usuario se encuentre físicamente en territorio español. Así lo establece la normativa al respecto.
Hasta el momento, más de 216 plataforma digitales ya han estado registrando los lugares desde donde sus clientes hacían uso de sus servicios. Así, la Agencia Tributaria (Hacienda) ha podido aplicar el Impuesto sobre Determinados Servicios Sociales.
Los profesionales de ‘Bankinter‘ explican que «la tasa Google supone un gravamen del 3% sobre los ingresos derivados de servicios de publicidad en línea, intermediación en línea y transmisión de datos. El devengo se producirá por cada prestación de servicios gravada, y el período de liquidación será trimestral».
Así, este impuesto que aplica Hacienda se realiza sobre determinados servicios digitales a empresas cuyo importe neto de cifra de negocios en año natural anterior sea superior a 750 millones de euros, teniendo más de tres millones de ingresos que derivan de las actividades objetos de gravamen.