Una sentencia del Tribunal Supremo ha determinado que Hacienda puede ya sacar de módulos a los autónomos sin necesidad de abrir una inspección. Pero esto, ¿Qué significa? En primer lugar, debemos señalar que el sistema de módulos es el que permite a los autónomos realizar el cálculo de la base imponible sobre la que deben tributar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Esto se hace en base a la estimación de las ventas, para lo cual, se utilizan parámetros como el número de empleados, las medidas del local o la localidad en la que está ubicado.
En cuanto al tipo de empresas que pueden utilizar este sistema, el objetivo es que sean negocios en los que es habitual que se mueva una gran cantidad de dinero en efectivo, es decir, que sea tal el volumen, que sea complicado calcular los ingresos exactos. Además, deben ser empresas que no tengan más de 250.000 euros de beneficios al año, ni que hayan emitido facturas por más de 125.000 euros a profesionales o empresarios. Sin embargo, hay algo que ha cambiado en este sistema.
La magistrada María de la Esperanza córdoba Castroverde, ha dado la razón a Hacienda en una sentencia emitida desde el Tribunal Supremo el pasado 5 de febrero, en la que falla en contra de los contribuyentes que defendían que según la Ley General Tributaria (LGT), en su artículo 136, Hacienda tiene la facultad de llevar a cabo todas las actuaciones especificadas, dentro del procedimiento de comprobación limitada, siempre que no se meta a comprobar la contabilidad mercantil.
El resultado de este litigio a dado como resultado un fallo a favor de Hacienda. Y es que tal y como indican desde ‘El Economista’, «Hacienda inició este procedimiento para comprobar la correcta determinación del rendimiento neto de la actividad económica y la correcta inclusión en el régimen de estimación directa». Y es que según este medio, «una vez que el órgano de gestión, con la información que tenía, la habilitada por el contribuyente y por terceros, corroboró que se había superado el umbral para tributar por módulos, le expulsó de este sistema y aplicó el sistema de estimación directa para determinar la base imponible sobre la que aplicar la liquidación».
El Tribunal Supremo ha fallado en favor de Hacienda
Hacienda ya puede sacar de módulos a los autónomos sin necesidad de inspección. Esto es gracias a una sentencia del Tribunal Supremo, en la que este afirma que la Agencia Tributaria, no sobrepasó los límites que se marcan desde el citado artículo 136 de la Ley General Tributaria (LGT). Pues en ningún momento, comprobó la contabilidad. En este caso, se limitó a constatar que el contribuyente había rebasado el límite marcado por la ley para tributar por módulos.
Fue entonces cuando «aplicó el sistema de estimación directa porque es una consecuencia necesaria de la exclusión del régimen de estimación objetiva», como así lo marca el artículo 34.3 del Reglamento del IRPF. Esta norma especifica además, que esta exclusión del método de estimación objetiva, «supondrá la inclusión durante los tres años siguientes en el ámbito de aplicación de la modalidad simplificada del método de estimación directa».
Consideraciones del tribunal
El fallo del Tribunal Supremo se apoya en que en casos como el que se les presentaba, en los que Hacienda se limita a comprobar que el sistema por módulos no es procedente por superarse los límites marcados por la ley, «los órganos de gestión están facultados para fijar este elemento mediante la estimación directa y emitir la liquidación provisional resultante, sin que se exija acudir necesariamente al procedimiento de inspección tributaria, pues en estos casos la determinación de la base imponible por la modalidad simplificada del método de estimación directa no exige el examen de la contabilidad ni supone la comprobación de la aplicación de un régimen tributario especial».