El Consejo para la Defensa del Contribuyente, perteneciente a la Secretaría de Estado de Hacienda, ha planteado equiparar los grados de discapacidad y los niveles de dependencia para aplicación el mínimo en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).
La finalidad de esta medida se enfoca en mejorar el tratamiento fiscal de las personas con discapacidad en España. Actualmente no existe dicha equiparación con respecto al IRPF entre los grados de discapacidad y los niveles de dependencia.
Discapacidad, dependencia y mínimo en el IRPF
Además de la posibilidad de equiparación entre niveles de dependencia y grados de discapacidad, el planteamiento también recoge una propuesta para revisar el concepto de «descendiente por asimilación». Dicho concepto de «descendiente por asimilación» persigue la posibilidad de aplicar los mínimos en el IRPF por descendiente y discapacidad.
Muchos ciudadanos en España encuentran dificultades para acreditar el grado de discapacidad exigido para acceder al mínimo por discapacidad en el IRPF. Como consecuencia de estas reivindicaciones, desde Hacienda ofrecen estas propuestas para mejorar el tratamiento fiscal de las personas con discapacidad en España.
Respecto a la acreditación del grado de discapacidad para tener derecho a aplicar el mínimo en el IRPF, el Consejo para la Defensa del Contribuyente propone la equiparación entre grados de discapacidad y niveles de dependencia. En este sentido, también se plantea la posibilidad de establecer pasarelas directas de asimilación.
Es decir, desde la Secretaría de Estado de Hacienda tienen como objetivo simplificar el proceso de acreditación del grado de discapacidad necesario para poder aplicar el mínimo del IRPF en el ámbito fiscal. De este modo, los contribuyentes tendrán más facilidades para acreditar su discapacidad.
Propuestas del Consejo para la Defensa del Contribuyente
A continuación, enumeramos dos situaciones en las que no es obligatorio acreditar el grado de discapacidad, de acuerdo a la normativa actual del IRPF:
- Cuando una incapacidad ha sido declarada judicialmente se considera acreditado el grado de discapacidad igual o superior al 65%.
- También se considera acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 33% en el caso de personas que tienen reconocida una pensión de incapacidad permanente.
Por todo ello, el Consejo para la Defensa del Contribuyente considera de manera favorable asimilar el reconocimiento de una situación de dependencia a la discapacidad igual o superior al 33%.
Además, el texto sobre este planteamiento de reforma fiscal recoge lo siguiente: «Sin perjuicio de ello, el Consejo entiende como opción más próxima a la realidad el reconocimiento, a quienes tengan un grado de dependencia moderada, de un grado de discapacidad del 33%; y, a quienes tengan una dependencia severa o gran dependencia, el reconocimiento de un grado de discapacidad del 65%. Todo ello, sin perjuicio de la posibilidad de que la persona interesada, de requerirlo, pueda acudir al procedimiento de valoración de la discapacidad legalmente establecido».
Es decir, se pretende establecer una equiparación entre los niveles de dependencia y los grados de discapacidad. Todo ello, con el objetivo de facilitar la aplicación del mínimo en el IRPF para personas con discapacidad en España.