Hacienda manda un importante mensaje a los ciudadanos con viviendas en propiedad

Existen determinadas situaciones en las que es posible librarse del pago de impuestos por la operación de venta de una vivienda

Aviso vivienda Agencia Tributaria./ Foto de Canva

En el proceso de operación de compra-venta de una vivienda es necesario tener en cuenta una serie de aspectos. Así, desde la Agencia Tributaria (Hacienda) han mandado un mensaje a los ciudadanos que tengan una vivienda en propiedad y estén pensando en vender la misma. Entre otras cosas, se deben pagar una serie de impuestos a Hacienda.

Actualmente, el mercado inmobiliario se encuentra en un periodo de incertidumbre, puesto que han aumentado los tipos de interés y se ha producido una importante subida del Euríbor. Se trata de una serie de aspectos con influencia en la contratación de hipoteca, la cuantía a pagar por un préstamo hipotecario y también en el número de ventas de viviendas que se producen.

En la mayoría de casos, la venta de una vivienda implica que el propietario deba rendir cuentas a Hacienda mediante el pago de determinados impuestos. No obstante, desde la Agencia Tributaria también recuerdan qué personas están exentas de abonar dicho impuesto a la Agencia Tributaria.

Uno de los casos en los que es posible librarse del pago de impuestos por la venta de una casa es la exención por reinversión sobre otra vivienda. Es decir, que el ciudadano utilice el dinero obtenido en la venta de su vivienda habitual para adquirir otra casa que se convertirá en la nueva vivienda habitual. En este caso, es posible librarse de afrontar el pago de IRPF, aunque se deben cumplir una serie de requisitos:

Para librarse de totalmente del pago de IRPF, la reinversión económica sobre la nueva vivienda debe ser total. De lo contrario, el ciudadano únicamente podrá optar a la exención de forma parcial. Así lo establece la Agencia Tributaria en su normativa.

Impuestos de vivienda para mayores de 65 años

Por otra parte, la Agencia Tributaria indica que las personas mayores de 65 años también están exentas de pagar el IRPF por la venta de su vivienda habitual. Esta norma se aplica sin necesidad de tener que reinvertir el dinero de la venta en la compra de una nueva vivienda habitual.

Aviso vivienda Agencia Tributaria./ Foto de Canva
Aviso Agencia Tributaria./ Foto de Canva

Eso sí, desde Hacienda explican que solamente podrán librarse de pagar IRPF en caso de que la venta se trate de la primera vivienda. Si se trata de una segunda vivienda, las personas mayores tendrían la obligación de tributar por la operación inmobiliaria.

Hacienda considera vivienda habitual aquella que «constituya la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de al menos tres años y que el contribuyente la habite de manera efectiva y con carácter permanente, en un plazo no superior a doce meses contados desde la fecha de adquisición o de terminación de las obras».

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