Antes de 2024, los herederos que aceptaban una herencia en España estaban sujetos al Impuesto de Sucesiones en su respectiva comunidad autónoma, que gravaba los activos netos del fallecido. Sin embargo, a partir de dicho año, se han anunciado cambios significativos que beneficiarán a los beneficiarios del testamento.
Las comunidades autónomas españolas han comunicado una reducción del Impuesto de Sucesiones y Donaciones para todos los receptores de herencias a partir de 2024. Cada región establecerá la cuantía y el método de aplicación, pero en términos generales, a mayor valor heredado, mayores impuestos a pagar.
Tras el fallecimiento de un familiar, los herederos se ven obligados a abonar impuestos debido al incremento de su patrimonio. La cantidad a pagar varía según la ubicación del receptor de los activos, pero suele aumentar en proporción al valor total de la herencia.
El cambio en los impuestos de las herencias en España
Canarias fue una de las primeras comunidades autónomas en tomar medidas concretas en relación con el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). El Gobierno de las Islas Canarias aprobó una modificación en este impuesto mediante el Decreto Ley 5/2023, de 4 de septiembre (DL 5/2023).
Como resultado de esta modificación, se alteró el Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de abril, que aprobaba el Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos por el Estado.
Esta actualización significó que la bonificación en la cuota tributaria del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) no solo se aplicaría al 99,9% para los beneficiarios del Grupo I (descendientes y adoptados menores de 21 años), sino que ahora se aplicaría sin límite en función del importe heredado. Esta medida fue beneficiosa para numerosos herederos, incluyendo a parientes del Grupo II (cónyuge, descendientes o ascendientes del causante) y a contribuyentes del Grupo III (hermanos, sobrinos del causante, entre otros).
Las novedades en las herencias según la Comunidad Autónoma
Estos son los cambios más destacados relacionados con el cobro de herencias que serán implementados en cada comunidad autónoma de España. Para el año 2024, se ha confirmado que las comunidades autónomas reducirán el Impuesto de Sucesiones y Donaciones para los receptores de herencias.
En Asturias, los herederos menores de 21 años, así como los cónyuges, ascendientes o adoptantes mayores, quedarán exentos de pagar el tributo hasta alcanzar los 300.000 euros. En Aragón, se aplicará una bonificación del 65% si la herencia no supera los 100.000 euros, de lo contrario, se deberá abonar el impuesto correspondiente. En Cataluña, los herederos menores de 21 años no pagarán impuestos si la herencia es inferior a 100.000 euros. Este límite se mantiene para cónyuges, pero se reduce a 50.000 euros para los nietos. En otros casos, se deberá abonar la cantidad correspondiente.
En Andalucía, el límite superior para la exención está en el millón de euros, a partir de ese punto, se aplica el porcentaje correspondiente. En Madrid, los familiares directos recibirán una bonificación del 99%, mientras que para los hermanos será del 15%. Los sobrinos estarán sujetos a un impuesto del 10% sobre lo recibido. En Galicia, los descendientes, cónyuges, ascendientes y adoptantes mayores de 21 años no pagarán impuestos si la cantidad heredada es menor de 400.000 euros. En las Islas Baleares, no se aplicará este impuesto.
Como se puede observar, cada comunidad autónoma establece su propia normativa en relación con el pago del Impuesto de Sucesiones al recibir una herencia. Por ello, se ha anunciado una reducción general en la cuantía para beneficiar a todos aquellos que reciban una herencia en España en 2024.