A la hora de solicitar una pensión, hay personas que no conocen el grado de discapacidad que tienen, o no saben cómo se calcula a la perfección el porcentaje que resulta en función de la lesión o la enfermedad que tengan. No es algo común, claro. Pero para ello es útil conocer cuál es la fórmula que se utiliza, porque según sea un porcentaje u otro, lo cierto es que afecta directamente a todo lo que tenga que ver con dicha pensión por discapacidad.
Por si no lo sabías, a la hora de poder solicitar una pensión de diferente tipo, aludiendo causas físicas o mentales como argumento clave, es necesario acreditar cuál es nuestra situación.
Con el fin de poder calcular el grado de discapacidad, es esencial que el reconocimiento se produzca para ser, por ejemplo, beneficiario de una pensión no contributiva de invalidez.
El mínimo para poder alcanzar este tipo de pensión no contributiva de invalidez debe llegar al 65%, un porcentaje al que mucha gente suele llegar, y otra no.
¿Qué factores se tienen en cuenta a la hora de calcular el grado de discapacidad?
Para poder establecer un porcentaje que refleje fielmente la discapacidad que tenga una persona, todo depende del tipo de enfermedad o lesión que padezca el solicitante de la pensión.
La normativa habla sobre el «procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía”, aludiendo a las personas con diversidad funcional.
Ahora bien: ¿Cuáles son las pautas esenciales para poder medir de forma aproximada esa misma capacidad? Pues hay una serie de indicadores que son los que enumeramos:
- Actividades de autocuidado
- Capacidad de comunicación
- Actividad física (básica y funcional)
- Funcionamiento de los cinco sentidos y de las manos
- Utilización de los medios de transporte
- Función sexual
- Afectación del sueño
- Factores sociales complementarios
¿Quién hace el examen para determinar el grado de discapacidad para pedir una pensión?
Después de haber determinado esos 8 campos elementales en los que el proceso se basa, se toma una determinación siempre desde los servicios sociales de la comunidad autónoma en la que se resida.
Será el órgano técnico competente el que dictamine la propuesta con diagnóstico, tipo y grado de discapacidad propuesto, con el que resultará el porcentaje final.
Igualmente, se añadirá el apoyo de otra persona y las dificultades de movilidad para utilizar, por ejemplo, medios de transporte de forma autónoma.
La resolución final recogerá el porcentaje de discapacidad en base a la puntuación obtenida en los baremos, pudiendo ser nula, leve, moderada, grave o muy grave.