El IMSERSO, Instituto de Mayores y Servicios Sociales, es el organismo que se encarga de la gestión de las pensiones no contributivas, siendo una de ellas la de invalidez, que está dirigida a las personas con discapacidad, que deberán de cumplir una serie de requisitos para poder acceder a ellas.
El IMSERSO en su web señala que la pensión no contributiva de invalidez «asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva».
Requisitos para acceder a la pensión no contributiva de invalidez
El IMSERSO informa que las personas que quieran recibir la la pensión no contributiva de invalidez van a tener que cumplir estos 4 requisitos:
- Edad: la persona interesada en recibir esta prestación debe de tener dieciocho o más años y menos de sesenta y cinco en la fecha de la solicitud.
- Residencia: el interesado debe residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
- Discapacidad: el tercer elemento y el más importante, es que la persona debe de tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%. Por lo tanto, las personas que tengan un 33% de discapacidad no podrán acceder a esta pensión.
- Carencia de ingresos: existe carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual, para 2024, sean inferiores a 7.250,60 euros anuales. En 2025, dicha cifra aumentará hasta los 8.265,68 euros anuales. Eso sí, debemos de tener en cuenta que este aspecto económico va a depender de los miembros de su unidad económica de convivencia y las rentas que perciban, como explica el IMSERSO en su web.
Si cumples estos requisitos, podrás acceder a la pensión no contributiva de invalidez, que no es compatible con la pensión no contributiva de jubilación, con las pensiones asistenciales reguladas, con los subsidios de garantía de ingresos mínimos y por ayuda de tercera persona y con la condición de causante de la asignación familiar por hijo a cargo mayor de 18 años con discapacidad igual o superior al 65%.
Cuantía de la pensión no contributiva de invalidez para 2025
El Gobierno informó que para 2025 las pensiones no contributivas, ya fueran de invalidez o de jubilación iban a aumentar sus cuantías en un 9%. En este sentido, la cuantía integra aumentó hasta los 7.905,80 euros anuales, que se dividen en 14 pagas, 12 mensuales y dos pagas extras, de 564,70 euros.
Desde el IMSERSO apuntan que «la cuantía individual actualizada para cada pensionista se establece a partir del citado importe y en función del número de beneficiarios que vivan en el mismo domicilio, de sus rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia, no pudiendo ser la cuantía inferior a la mínima del 25% de la establecida». Por ello, la cuantía mínima del 25%, para 2025 está fijada en 1.976,45 euros anuales, que se dividen en 14 pagas de 141,18 euros.
Por último, debemos de tener en cuenta que los pensionistas que reciben la pensión no contributiva de invalidez cuyo grado de discapacidad sea igual o superior al 75% y acrediten la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, percibirán además un complemento del 50% de los 7.905,80 euros anuales, por lo que el importe de ese complemento queda fijado en 3.952,90 anuales. Por lo que el total de esta pensión integra con incremento del 50% es de 11.858,70 euros, que se dividirán en 14 pagas de 885,61 euros.