La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha comparecido este miércoles 31 de enero en el Congreso de los Diputados para tratar sobre diferentes asuntos relacionados con las pensiones.
Así, entre otras cosas, ha afirmado que el Gobierno va a estudiar la posibilidad de que se pueda compatibilizar el cobro de una pensión no contributiva y las rentas mínimas de inserción. Actualmente, no es posible cobrar ambas prestaciones de manera simultánea.
Es importante tener presente que para recibir las pensiones de jubilación no contributivas, no se requiere cumplir con ningún requisito de cotización. Esta condición también se aplica a las pensiones no contributivas por invalidez. Estas pensiones son administradas por el IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales).
Nueva compatibilidad de la pensión no contributiva
Desde el IMSERSO explican que «la pensión no contributiva de jubilación asegura a todos los ciudadanos mayores de 65 años y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva».
Respecto a la compatibilidad de la pensión no contributiva y las rentas mínimas de inserción, la ministra de Seguridad Social ha comentado que «es un tema que puede ser perfectamente objeto de estudio».
Esta posible compatibilidad consiste en una propuesta de la diputada de Coalición Canaria, Cristina Valido. Así, Valido ha denunciado que más de 40.000 personas viven con menos de 500 euros en las Islas Canarias. Por ello, Elma Saiz ha contestado que el Gobierno de España analizará posibles fórmulas para hacer compatibles ambas prestaciones.
Al respecto, Cristina Valido ha manifestado que «en estos momentos, tal y como está la ley, no es compatible». En este sentido, insta al Gobierno a estudiar la situación para que los ciudadanos puedan contar con más recursos para vivir.
Pensión no contributiva en 2024
En este contexto, es necesario recordar que la pensión no contributiva ha aumentado su cuantía en este año 2024 en un 6,9%. Así, se trata de una buena noticia para los pensionistas que perciben una prestación no contributiva de jubilación y de invalidez.
Hoy comparto en el @Congreso_Es el testimonio de Sabah y Mariama. Dos mujeres valientes que ponen piel y rostro a nuestras políticas. Lejos de parecer fríos, los itinerarios de inclusión están llenos de vida. pic.twitter.com/OaLXWsGutl
— Elma Saiz (@SaizElma) January 31, 2024
Además, la ministra Elma Saiz ha asegurado que las pensiones mínimas y las pensiones no contributivas tienen garantizada su revalorización para los próximos años. De este modo, estima que las revalorizaciones rondarán entre un 5,8% y un 6,9%, aunque en determinados casos pueden ser superiores.
Con la revalorización del año 2024, la nueva cuantía de la pensión no contributiva de jubilación se sitúa en 7.250,60 euros al mes (14 pagas). Debido a que este tipo de pensión se devenga en 14 pagas al año, el importe mensual se fija en 517,90 euros al mes.
Desde el IMSERSO matizan que «la cuantía individual de la pensión se establece en función del número de beneficiarios de pensión no contributiva integrados en la misma unidad económica de convivencia, de los ingresos personales y/o los de las personas que integran la unidad económica, no pudiendo ser inferior dicha cuantía a 1.812,65 € anuales, que se corresponde con el 25% del importe íntegro para el año 2024″.
En definitiva, habrá que esperar a conocer la decisión que toma el Gobierno tras analizar la posibilidad de compatibilizar los ingresos de la pensión no contributiva y las rentas mínimas de inserción. Se trata de una medida que podría beneficiar a miles de personas en España.
Requisitos para solicitar la renta mínima de inserción
La renta mínima de inserción forma parte del Sistema Público de Servicios Sociales, lo que significa que son competencia exclusiva de las Comunidades Autónomas. Esto implica que no existe una regulación uniforme a nivel nacional, y cada comunidad establece sus propios requisitos y normativas específicas en términos de duración, cuantía y condiciones de acceso.
Además, la denominación de estas pensiones puede variar en cada autonomía, adoptando nombres como salario social básico, ingreso mínimo de inserción, renta garantizada, mínimo de solidaridad, renta social, entre otros, y renta mínima para la inserción.
A pesar de estas variaciones, existen algunas normas comunes, como la necesidad de demostrar la falta de recursos suficientes para cubrir las necesidades básicas (que no alcancen la cuantía de la Renta Mínima de Inserción), tener una edad comprendida entre 25 y 65 años, residir y estar empadronado en la comunidad correspondiente, haber agotado otras ayudas y prestaciones disponibles, y comprometerse a participar en actividades de formación y búsqueda activa de empleo.