Los profesionales del Idealista han informado de una buena noticia para los ciudadanos que decidan rehabilitar su vivienda en 2024, ya que podrán acceder a un importante beneficio fiscal. En concreto, Bruselas ha aprobado la prórroga del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en España.
Dicho plan permitirá a los ciudadanos en España acceder a diferentes deducciones fiscales por realizar determinadas obras de rehabilitación en su vivienda, con un objetivo específico.
Desde el Idealista informan que «gracias a la prórroga temporal de un año, los contribuyentes tienen hasta finales de 2024 para poder acometer tales obras que permitan reducir el consumo de energía primaria no renovable o la demanda de calefacción o de refrigeración de las mismas».
BENEFICIO FISCAL POR REHABILITAR LA VIVIENDA
A continuación, vamos a exponer las diferentes deducciones fiscales a las que pueden acceder los ciudadanos por rehabilitación de su vivienda. En concreto, la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) cuenta con una serie de deducciones por obras en el domicilio que tengan como objetivo la mejora de la eficiencia energética.

Estas deducciones fiscales van desde el 20% al 60%, según la reducción de consumo energético y el tipo de vivienda. Son algunos de los aspectos claves a tener en cuenta de cara a la prórroga aprobada por el Gobierno de España para el año 2024.
Entre los beneficios fiscales, los ciudadanos disponen de una deducción del 20% por obras que ayuden a reducir la demanda de frío y calor. Los profesionales del Idealista argumentan que «los contribuyentes podrán deducirse el 20% de las cantidades satisfechas, con una base máxima anual de 5.000 euros, desde la entrada en vigor de la normativa (6 de octubre 2021) y hasta el 31 de diciembre de 2024.. Es decir, la reforma debe realizarse antes de que termine el próximo ejercicio».
Respecto a este beneficio fiscal, es obligatorio contar con un certificado de eficiencia energética de la vivienda una vez concluidas las obras. Dicho certificado tendrá que ser expedido por un técnico competente antes del 1 de enero de 2025.
Además, esta deducción fiscal hasta el 20% está habilitada únicamente para hogares, independientemente de que se trate de una vivienda habitual o una vivienda alquilada.
DEDUCCIÓN FISCAL DEL 40%
Por otro lado, los ciudadanos tienen la oportunidad de acceder a una deducción del 40% por obras que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable. Así lo exponen desde el Gobierno de España.
Sobre este beneficio, los expertos del Idealista aclaran que «en este caso, los contribuyentes podrán deducirse el 40% de las cantidades satisfechas desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 19/2021 (6 de octubre 2021) y hasta el 31 de diciembre de 2024 por las obras realizadas durante dicho período para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable de su vivienda habitual o de cualquier otra de su titularidad que tuviera arrendada para su uso como vivienda en ese momento o en expectativa de alquiler, siempre que en este último caso, la vivienda se alquile antes del 31 de diciembre de 2024. La base máxima anual de esta deducción será de 7.500 euros anuales».
Eso sí, solamente se considerará que se ha mejorado el consumo de la energía primaria no renovable en caso de que se hubieran desarrollado las pertinentes obras cuando se reduzca en, al menos, un 30% del indicador de consumo.
También en caso de que la rehabilitación consiga una mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética ‘A’ o ‘B’. Igualmente, un técnico competente deberá certificar la eficiencia energética en el hogar.