El Gobierno lanza un importante aviso: podrás solicitar la baja laboral con carácter retroactivo

Desde el Gobierno señalan cuales son los pasos para notificar la baja laboral de un trabajador, conocida como incapacidad laboral permanente

Baja médica por incapacidad temporal./ Foto de Canva

A la hora de solicitar la baja del trabajo, conocida como incapacidad laboral temporal en la Seguridad Social, cuenta con varias novedades que muchos empleados no conocen. Por ejemplo, una de ellas es que se podrá solicitar la baja laboral con carácter retroactivo y en este artículo te lo vamos a explicar.

Desde el Gobierno, a través del Ministerio de Trabajo y Economía Social, han señalado que si enfermas y no puedes ir a trabajar, el trabajador deberá de enviar a su empresa un parte de baja extendido por un facultativo.

Desde la Seguridad Social señalan que la «incapacidad temporal, o baja, es aquella situación de la persona trabajadora mientras se encuentra imposibilitado temporalmente para trabajar y reciba asistencia sanitaria de la Seguridad Social. Durante este periodo se puede percibir un subsidio diario que cubre la pérdida de rentas por las causas indicadas».

COMO NOTIFICA UN TRABAJADOR SU BAJA

Desde el Ministerio de Trabajo señalan que si una persona se coge la baja, tienes la obligación de comunicar inmediatamente a la empresa la incapacidad temporal y a entregar el parte médico de baja a más tardar al día siguiente del tercer día de enfermedad.

Eso sí, siempre y cuando en el contrato laboral o convenio colectivo no consta de otra manera o la empresa no te exige expresamente que lo entregues antes de ese plazo. A partir del cuarto día deberás pedir al médico que te lo expida con efectos retroactivos a partir de la fecha del inicio de la enfermedad y enviarlo de inmediato a la empresa.

Hombre que se encuentra de baja laboral por incapacidad temporal de la Seguridad Social
El Gobierno avisa de que podrás solicitar la baja laboral con carácter retroactivo

Además, explican que por regla general, los partes de baja tienen una duración máxima de siete días naturales. El médico puede certificar el comienzo de la baja con efectos retroactivos dos días antes de la fecha de la visita médica.

Finalmente, señala que el trabajador tiene la obligación de decirle a la empresa qué enfermedad padece. Eso sí, debería de hacerlo si tiene una enfermedad contagiosa, a fin de avisar a sus compañeros/as de trabajo.

CUANTÍA DE LA BAJA LABORAL

Como trabajador/a por cuenta ajena, en caso de enfermedad seguirás recibiendo el salario íntegro durante las seis primeras semanas de baja (42 días). Si transcurrido este periodo sigues incapacitado/a para trabajar, la caja de enfermedad te abonará el subsidio por enfermedad, consistente en el 70% del salario neto recibido hasta ese momento.

El Gobierno avisa de que podrás solicitar la baja laboral con carácter retroactivo

Para tener derecho al pago del salario en caso de enfermedad debes haber trabajado en la empresa por lo mínimo durante cuatro semanas, incluso si la baja es por accidente laboral. Si la baja surge antes de este periodo, recibirás directamente el subsidio por enfermedad.

El importe del salario por enfermedad se corresponde con el salario percibido antes de la baja. Se excluyen de esta cuantía:

Así que ya sabes, si vas a solicitar una incapacidad permanente laboral o baja, debes saber que puedes pedir la baja laboral con carácter retroactivo.

¿Cómo puedo tramitar mi baja laboral?

En todos estos casos, para solicitar una baja, se requiere un informe médico que acredite la necesidad de la misma. Dado que las razones pueden ser tanto de naturaleza laboral como no laboral, el sistema establece quién tiene la autoridad para aprobar la solicitud de baja en cada situación.

Cuando se trata de enfermedades comunes o accidentes no relacionados con el trabajo, la baja médica es emitida por el médico de atención primaria, quien, después de una evaluación médica, determina si la persona no puede desempeñar las labores de su empleo. Para gestionar esta baja, es necesario programar una cita en nuestro centro de salud y asistir al médico de cabecera o de referencia.

En el caso de bajas laborales por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, entran en juego las mutuas de accidentes, entidades colaboradoras con la Seguridad Social o aquellas con las que la empresa haya establecido acuerdos para cubrir estas situaciones.

Para regresar al trabajo y obtener el alta médica, el proceso de tramitación de la documentación necesaria es responsabilidad del médico o la entidad mutua correspondiente.

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