El Gobierno de España, a través del Ministerio de Seguridad Social y Migraciones, ha aprobado tres medidas extraordinarias sobre el Ingreso Mínimo Vital. En concreto, se trata de medidas dirigidas a las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital que se han visto afectadas por la DANA.
Hay que recordar que el Ejecutivo Central ha catalogado un total de 78 municipios de España como zona catastrófica por el paso de la DANA, situados en la Comunitat Valenciana, Castilla-La Mancha y Andalucía. Así, estas medidas están destinadas a las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital que residen en algunos de estos municipios.
Tres medidas extraordinarias sobre el Ingreso Mínimo Vital
Además de estas medidas sobre el Ingreso Mínimo Vital, el Gobierno de España también ha aprobado dos paquetes de medidas con la finalidad de paliar los efectos de la DANA durante los próximos años. Si bien, las medidas sobre el IMV se centran en impulsar la recuperación económica de los hogares más vulnerables.
A continuación, exponemos las tres medidas sobre el Ingreso Mínimo Vital para las personas afectadas por el paso de la DANA:
- Las cuantías del Ingreso Mínimo Vital tendrán una subida del 15%.
- Aumento del Complemento de Ayuda a la Infancia en un 30%. La cuantía de este complemento depende del número de menores de edad y la edad de los menores.
- Posibilidad de solicitar el Ingreso Mínimo Vital por pobreza sobrevenida a partir del 1 de enero de 2025.
Al respecto, desde la Seguridad Social informan que «las personas o unidades de convivencia, con domicilio en las localidades afectadas, que no reúnan el requisito de vulnerabilidad económica en el ejercicio 2024 podrán solicitar el reconocimiento del derecho a la prestación del Ingreso Mínimo Vital, acreditando la situación de vulnerabilidad económica producida durante dicho año, desde el inicio de 2025. El plazo ordinario para solicitar el IMV por pobreza sobrevenida comienza habitualmente el 1 de abril».
Este aumento extraordinario del Ingreso Mínimo Vital y el Complemento de Ayuda a la Infancia se mantendrá inicialmente durante tres meses. Es decir, se aplicará desde noviembre de 2024 a enero de 2025.
No obstante, no se descarta que el Gobierno de España pueda prorrogar estas medidas extraordinarias sobre el Ingreso Mínimo Vital. Todo dependerá de la evolución de la situación en las zonas afectadas por la DANA.
Beneficiarios de las medidas extraordinarias del IMV
Las medidas extraordinarias aprobadas por el Gobierno de España beneficiarán directamente a las personas afectadas por la DANA que estén percibiendo la prestación del Ingreso Mínimo Vital.
También a aquellas personas que hayan solicitado el Ingreso Mínimo Vital y cuya resolución sea favorable. En estos casos, también se aplicarán las subidas extraordinarias acordadas por la Seguridad Social.
Por otra parte, desde la Seguridad Social informan que las medidas beneficiarán «a todos aquellos que presenten su solicitud antes del 31 de diciembre y cumplan con los requisitos establecidos (también se les aplicarán los incrementos extraordinarios a las mensualidades que se les abonen correspondientes a los meses de noviembre de 2024 a enero de 2025)».
Además, el pasado 22 de noviembre de 2024, la Seguridad Social puso en marcha una pasarela que permite pasar a cobrar el Ingreso Mínimo Vital de forma automática a todas aquellas personas que agoten el subsidio por desempleo. Eso sí, siempre que cumpla con los requisitos pertinentes para percibir la prestación del IMV. Esta medida tiene carácter permanente y se dirige a todas las personas beneficiarias de la prestación en el territorio nacional.