El Gobierno de España ha aprobado un primer paquete de medidas con ayudas para las zonas afectadas por la DANA. Entre estas medidas, se ha acordado un incremento extraordinario para las cuantías de las pensiones no contributivas por incapacidad, también conocidas como pensiones por discapacidad. Dicha subida también se aplicará para las personas perceptoras de las pensiones no contributivas de jubilación.
Concretamente, estas ayudas están destinadas a las personas de los 78 municipios declarados como zonas catastróficas en España tras el paso de la DANA. Un total de 75 municipios se encuentran en la Comunidad Valenciana, 2 en Castilla-La Mancha y 1 en Andalucía.
Incremento extraordinario de las pensiones por discapacidad
Al respecto, desde el Gobierno de España exponen que «unos 33.000 hogares beneficiarios del Ingreso mínimo Vital o los perceptores de pensiones no contributivas de las zonas afectadas por la DANA verán incrementada un 15% la cuantía de la prestación que viniesen percibiendo durante tres meses (noviembre a enero 2025). El coste estimado de este complemento especial adicional es de 11,5 millones de euros».
Es decir, las personas de las zonas afectadas por la DANA que perciban una pensión por discapacidad, tendrán una subida en su cuantía mensual durante los meses de noviembre, diciembre y enero. Además, el Gobierno de España no descarta que esta medida pueda prolongarse en el tiempo, en función de las necesidades de la zona.
Las pensiones no contributivas por incapacidad o pensiones por discapacidad, están destinadas a personas que tienen reconocida una discapacidad igual o superior al 65% y que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica.
Actualmente, la cuantía de la pensión no contributiva de incapacidad es de 7.250,60 euros al año. Supone un importe de 517,90 euros al mes, debido a que esta prestación se abona en 14 pagas al año.
Con el incremento del 15%, la cuantía de esta pensión queda en 594,87 euros al mes. Este será el importe que recibirán las personas beneficiarias de las zonas afectadas por la DANA durante los meses de noviembre y diciembre de 2024, y en el mes de enero de 2025.
Además, desde el IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales) recuerdan que «los pensionistas de pensión no contributiva de incapacidad cuyo grado de discapacidad sea igual o superior al 75% y acrediten la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, percibirán además un complemento del 50% de los 7.250,60 euros anuales, por lo que el importe de ese complemento queda fijado en 3.625,30 euros anuales».
Requisitos para cobrar la pensión no contributiva de incapacidad
Para cobrar la pensión no contributiva de incapacidad o pensión por discapacidad no es necesario cumplir ningún requisito de cotización. Sin embargo, sí es obligatorio cumplir con las siguientes condiciones que establece el IMSERSO:
- Tener reconocida una discapacidad igual o superior al 65%.
- Tener entre 18 y 65 años de edad.
- Cumplir un requisito de carencia de rentas establecido por el IMSERSO. Este requisito varía en función del número de personas que conviven en la misma unidad familiar que la persona pensionista.
- Residir en España y haberlo hecho durante un periodo mínimo de 5 años. Dos de estos años de residencia deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud de la pensión.
Volviendo a las ayudas aprobadas por el Gobierno de España, desde la Seguridad Social informan también que «las pensiones por incapacidad permanente, viudedad y orfandad causadas por la DANA también se asimilarán a accidentes laborales y, por tanto, verán aumentadas su cuantía y mejoradas sus condiciones al calcularse en función de los ingresos totales del último año».