La declaración de la renta se convierte en una de las grandes preocupaciones del ciudadano, no sólo en los meses del periodo de la renta si no durante todo el año. Se acerca el cierre de 2023 y ya son muchos los que empiezan hacer cábalas a la hora de sumar sus ingresos anuales para ver si tendrán la obligación de declarar a Hacienda el año que viene. El organismo público tiene planeado un cambio para aquellos que tengan dos pagadores y que debemos tener muy en cuenta si estamos en las franjas de duda de cara hacer la declaración.
Hasta la fecha, Hacienda había establecido en 14.000 euros el límite que eximía al ciudadano de declarar el IRPF, Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas. Independientemente de si se hubiera trabajado en dos o más empresas a lo largo de un año fiscal, la declaración de los ingresos brutos anuales debía realizarse, aunque no se alcanzará ahora el límite mínimo establecido con un pagador, que asciende hasta los 22.000 euros. Sin embargo, para la Renta de 2023, esta limitación ha cambiado.
Esta modificación se produce a raíz del cambio en la Ley 21/2022, del 23 de diciembre, que indica que los presupuestos generales del Estado de cara a 2023 tienen establecidos por parte del Gobierno que el límite pasa de los 14.000 euros a los 15.000 euros, con un incremento de 1000 euros sobre la cifra marcada hasta el año 2022. En otras palabras, por debajo de 15.000 euros facturados en la renta de 2023 no habrá que pagar IRPF, ni vía retenciones, ni como resultado de la declaración de este año.
Todo cambio tiene una explicación, que puede resultar más o menos válida para cada ciudadano, y en este caso, la relación llega por la subida del salario mínimo interprofesional que de cara este año se ha situado, en 14 pagas, con una suma total de 15.120 euros. Si una persona obtuvo ganancias económicas por encima de los 15.000 euros, siempre y cuando que las cantidades remitidas por el resto de pagadores a partir del segundo superen los 1500 euros, tiene que realizar la declaración de la renta de 2023, pero si te mueves en el umbral entre 14.000 y 15.000 euros tendrás el privilegio de liberarte de hacer la declaración de la renta, algo que no podías haber hecho en años anteriores.
¿Cuándo tengo que hacer la declaración de la renta?
La declaración de la renta no sólo es obligatoria para aquellos ciudadanos que trabajen con dos o más pagadores en un mismo año, también hay otros casos especiales en los que Hacienda obliga a declarar el Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
El primer ejemplo se da cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos, siempre y cuando estas no procedan de los padres, por decisión judicial. Otros supuestos son que se perciban rendimientos íntegros del trabajo que estén sujetos a tipo fijo de retención. También tendrán que declarar aquellos que sean beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital. También los contribuyentes con rendimientos íntegros de capital mobiliario patrimoniales que superen los 1600 euros. Por último, la renta de los contribuyentes con rentas inmobiliarias, subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial y rendimientos de letras del tesoro, así como las ganancias patrimoniales que provengan de ayudas públicas que superen los 1000 euros.