Fórmulas para generar ingresos con la vivienda durante la jubilación

Las rentas procedentes de la vivienda permiten complementar a la pensión contributiva durante el periodo de jubilación

Rentas complementarias para la jubilación./ Foto de Canva

Durante la jubilación, la mayoría de personas en España recibe únicamente ingresos por la pensión contributiva de jubilación o pensión no contributiva de jubilación. Sin embargo, puede darse el caso de personas que perciben una pensión con una cuantía no muy alta y encuentran dificultades para subsistir de forma mensual.

Así, los expertos inmobiliarios del ‘Idealista‘ informan a los ciudadanos de la posibilidad de obtener rendimientos económicos a través de la vivienda, para que funcionen a modo de complemento con la pensión durante la jubilación. Cada vez existen más mecanismos relacionados con esta opción.

Rendimiento de la vivienda en la jubilación

Una de las posibilidades más interesantes para obtener rendimientos sobre la vivienda para complementar la pensión durante la jubilación es la hipoteca inversa. Este producto financiero es desconocido para muchos ciudadanos, aunque poco a poco empieza a ser una alternativa ideal para las personas mayores en España.

Jubilación anticipada en España./ Foto de Canva
Rentas complementarias para la jubilación./ Foto de Canva

Desde el ‘Idealista‘ explican que una hipoteca inversa es «un crédito para mayores de 65 años, por el que el cliente recibe una renta mensual o una cantidad inicial más una renta mensual. La deuda contraída se garantiza con una hipoteca sobre la vivienda que solo será exigible a los herederos cuando fallezca el deudor».

Los herederos cuentan con un plazo de tiempo limitado para cancelar la deuda y seguir con la propiedad de la vivienda u optar por la venta de la vivienda. Si el valor de la vivienda no supera la deuda (caso poco probable), la diferencia sólo es exigible contra la masa hereditaria. Es decir, no se puede responder contra el patrimonio personal de los herederos.

Con la hipoteca inversa, la persona jubilada mantiene la propiedad de su vivienda mientras recibe unos ingresos mensuales complementarios. Además, tiene la posibilidad de cancelar la hipoteca. Igualmente, las cuantías económicas recibidas por la hipoteca inversa no tributan en el IRPF.

Venta de la nuda propiedad

Otra opción para las personas jubiladas consiste en vender solamente la nuda propiedad de la vivienda. Es decir, la persona mayor puede continuar viviendo en la vivienda hasta su fallecimiento. De esta forma, puede percibir un pago del precio que conlleva la nuda propiedad y puede obtener una cuantía económica importante para disfrutar durante la jubilación.

En este sentido, la fiscalidad también ofrece ventajas para la persona mayor. Al respecto, desde el ‘Idealista‘ manifiestan que «la transmisión de la vivienda habitual (pleno dominio o nuda propiedad) por mayores de 65 años (o persona en situación de dependencia severa o gran dependencia) está exenta en el IRPF».

Además, añaden que «en el caso de formalizar también una renta vitalicia, la persona mayor de 70 años tributará en el IRPF (rendimiento del capital mobiliario) solo por el 8% de las cantidades recibidas en el año (es decir el 92% queda exento)».

Finalmente, una persona jubilada puede garantizar una renta mensual al vender el pleno dominio de su casa, pero permaneciendo en ella como inquilino durante el tiempo pactado, que puede ser hasta el fallecimiento de la persona mayor en cuestión.

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