Esta es la fianza máxima que puede pedirte tu casero en el contrato de arrendamiento

El contrato de arrendamiento debe hacerse conforme a la ley porque es la garantía real tanto del propietario como del inquilino

Fianza máxima que pueden pedirte en un contrato de arrendamiento

A la hora de alquilar una vivienda, es fundamental conocer nuestros derechos y cerciorarnos de que estos quedan bien expuestos en el contrato de arrendamiento. Pues puede pasar, que el desconocimiento nos lleve a aceptar medidas abusivas de las que la ley, nos da herramientas para defendernos. Es decir, todas las figuras a la hora de alquilar una vivienda están protegidas por la ley, lo que debemos conocer es cuál es el procedimiento legal, para que ni propietarios ni inmobiliarias, puedan exigirnos algo ilegal.

Y es que en la actualidad, el alquiler de una vivienda se ha convertido en la salida más factible para muchas de las personas que quieren formar un hogar. El elevado precio del mercado inmobiliario hace imposible el acceso a la vivienda mediante la compra. Pues no se trata solo de tener la cantidad que cuesta un inmueble, ni siquiera de lo que debe darse en concepto de ‘entrada’, el problema es que el acceso a las hipotecas también se ha dificultado.

Cabe recordar, que una hipoteca es un contrato que una persona hace con una entidad bancaria para que esta, le deje el dinero que necesita para afrontar un pago grande, por ejemplo, el de la compra de una vivienda. Pero entonces, ¿Por qué son tantas las personas que apuestan por el alquiler? En cuanto a preferencias, los motivos pueden ser muchos, son embargo, es un hecho que no todo el mundo puede pagar la mensualidad de una hipoteca, pues los intereses, han hecho que estas se encarezcan una barbaridad.

Estos son algunos de los motivos por los que el alquiler, es una salida más factibles. Sin embargo, a veces incluso el simple hecho de acordar el contrato de arrendamiento, puede suponer un quebradero de cabeza. Por este motivo, es de vital importancia conocer los derechos que como inquilinos puedas tener, como por ejemplo, la fianza máxima que puede pedirte tu casero.

Fianza máxima que pueden pedirte en un contrato de arrendamiento

Es habitual a la hora de firmar un contrato de arrendamiento, que se entregue lo que se conoce como fianza. Esto es el pago de una cuantía que no se entrega en concepto de pago de alquiler, sino de seguro para cubrir posibles desperfectos provocados por el inquilino, y que de no suceder, se devuelven tras la marcha de este. Es una herramienta exigida por la ley, cuyo procedimiento también está regulado.

El contrato de arrendamiento debe reflejar la fianza
El contrato de arrendamiento debe reflejar la fianza

En este sentido, la ley exige que la fianza sea en metálico y que el arrendador debe ingresarla en una institución destinada para ello en un plazo máximo de dos meses, desde el momento en el que se formaliza el contrato. Sin embargo, la eterna pregunta es, ¿Cuánto dinero pueden exigirme como máximo de fianza? La pregunta es recurrente porque a menudo se cometen abusos en este sentido.

Pues bien, el artículo 23 de la ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) dice que la fianza será el «equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda». Por tanto, al alquilar una vivienda solo te pueden pedir un mes de fianza. Esta cuantía aumenta hasta los dos meses solo en el caso de alquilarse inmuebles que no estén arrendados para vivir.

La letra pequeña de la ley en cuanto al contrato de arrendamiento

No obstante, la ley deja un espacio en el que puede darse una fianza más amplia en el contrato de arrendamiento. Y es que la normativa indica, a parte de la parte de la fianza en metálico, que el arrendatario puede pedir «cualquier tipo de garantía del cumplimiento de las obligaciones», aunque esta es opcional. Pues no tendría por qué ser dinero, bastaría, por ejemplo, con un aval bancario. Sin embargo, la ley fija en este caso un máximo de dos mensualidades.

Por tanto, si tenemos la normativa al completo en cuenta, es decir, sumando la fianza más la garantía adicional, el propietario tiene herramientas para poder pedir un máximo de tres mensualidades a la persona a la que le va a alquilar la vivienda, en un contrato de arrendamiento de cinco años para garantizar que se van a cumplir las obligaciones arrendatarias.

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