Este año, la pensión no contributiva incluye un complemento de 525 euros que algunas de las personas beneficiarias pueden recibir. Estas pensiones, que se encuentran gestionada por el IMSERSO, se han revalorizado este año en mayor medida que las contributivas.
En 2024, la pensión no contributiva ha aumentado un 6,9%, mientras que las contributivas han subido un 3,8%, debido a la inflación. El Gobierno ajusta anualmente las pensiones, los salarios mínimos y algunas ayudas en función del IPC (Índice de Precios de Consumo) y sus variaciones.
Este año se ha puesto especial énfasis en la pensión no contributiva, la más baja del sistema de pensiones. Sin embargo, la pensión que ha experimentado el mayor incremento es la de viudedad con cargas familiares, con aumentos de hasta un 14,1% en algunos casos. Esto refleja el esfuerzo del Ejecutivo por reducir la brecha de género. A continuación, exploraremos más detalles sobre la pensión no contributiva y el complemento de 525 euros.
Pensión no contributiva
La pensión no contributiva es una prestación destinada a personas que no han cotizado lo suficiente para solicitar una pensión contributiva de jubilación. Como su nombre indica, no depende de las contribuciones y cotizaciones de quienes la reciben a la Seguridad Social.
Para acceder a una pensión contributiva, es necesario haber cotizado al menos 15 años a la Seguridad Social. Las personas que no cumplan con este requisito pueden optar por la pensión no contributiva. Esta pensión no es gestionada directamente por la Seguridad Social, sino por el IMSERSO. Para recibirla, es necesario demostrar que los ingresos no superan ciertos umbrales económicos establecidos y que no se perciben otras pensiones.
Requisitos para recibir el complemento de 525 euros
El complemento de 525 euros está destinado a quienes viven en un inmueble alquilado. Se otorga considerando el aumento de los alquileres y la dificultad que muchas personas que cobran esta pensión no contributiva pueden tener para sostener sus pagos. Para percibir este complemento, se deben cumplir ciertos requisitos, que el IMSERSO detalla en su página web oficial:
- Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda.
- No tener relación conyugal ni de parentesco hasta el tercer grado con el arrendador, ni constituir con él una unión estable y de convivencia con una relación de afectividad análoga a la conyugal.
- Tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, tanto en la fecha de la solicitud como en la de resolución.
- No poseer vivienda en propiedad.
- Tener fijada la residencia, como domicilio habitual, en una vivienda alquilada. Se considera domicilio habitual cuando la vigencia del arrendamiento no sea inferior a un año y se haya residido en la misma durante al menos 180 días antes de la fecha de la solicitud.
¿Cuándo recibiré el complemento de 525 euros de la pensión no contributiva?
El plazo para solicitar el complemento para costear una vivienda alquilada finalizará el 31 de diciembre de 2024. El IMSERSO añade que «si en la misma vivienda alquilada conviven dos o más personas que tengan reconocida una PNC, solo tendrá derecho a este complemento quien sea titular del contrato de arrendamiento o, de ser varios, el primero de ellos». Esto aclara que dicha persona será quien deba solicitarlo.
Es necesario solicitar este complemento. Una vez realizado el trámite y revisado por el IMSERSO, se determinará si se aprueba o no. En caso de aprobación, el IMSERSO afirma que «se abonará en un único pago que se hará efectivo antes del 31 de diciembre del año de la solicitud».