Las personas mayores siempre se introducen dentro del listado de colectivos vulnerables en nuestra sociedad, al igual que ocurre por las personas con discapacidad. Es por ello que se les ofrece multitud de ventajas, beneficios y ayudas con el fin de que no sean discriminados y estén en una situación de igualdad e inclusión. Uno de los beneficios fiscales que más llama la atención en la actualidad es la nueva ayuda que pueden solicitar las familias que vivan con personas mayores de 65 años, que se puede solicitar en Sevilla.
Debemos de tener en cuenta que este beneficio fiscal depende de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y que se puede solicitar en todo el estado español. A continuación vamos a conocer un poco más de que personas pueden solicitar esta prestación.
Requisitos para acceder al beneficio fiscal para personas mayores en Sevilla
Las personas mayores que quieran acceder a este beneficio fiscal de hasta 2.550 euros deben de cumplir una serie de requisitos, como son:
- Que el ascendiente sea mayor de 65 años a la fecha de devengo del impuesto (normalmente el 31 de diciembre) o, cualquiera que sea su edad, que se trate de una persona con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Que convivan con el contribuyente, al menos, la mitad del período impositivo. Por lo que respecta a este requisito, se considera que conviven con el contribuyente los ascendientes con discapacidad que, dependiendo del mismo, sean internados en centros especializados.
- Que el ascendiente no haya obtenido en el ejercicio rentas superiores a 8.000 euros anuales, excluidas las exentas del impuesto.
- Que el ascendiente no presente declaración del IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.
En este caso, debemos de tener en cuenta que el mínimo por descendiente será de 1.150 euros anuales por cada ascendiente de edad superior a 65 años. Si se da el caso de que el ascendiente tiene una edad superior a los 75 años, la cuantía aumentará en 1.400 euros hasta los 2.550 euros. Además, desde la Agencia Tributaria señalan que en caso de fallecimiento de un ascendiente que genere derecho al mínimo por este concepto, la cuantía aplicable es de 1.150 euros.
Otras ayudas para personas mayores en Sevilla
En Sevilla, al igual que en toda la Comunidad de Andalucía, las personas mayores de 65 años van a poder acceder a la Tarjeta Andalucía Junta 65. Desde la Junta de Andalucía han señalado que este documento es «la llave para acceder y disfrutar de forma ágil a múltiples servicios y descuentos, con ella podrás viajar por toda Andalucía a mitad de precio, acceder a bonificaciones en la adquisición de productos ópticos, disfrutar de tus ratos de ocio con más de mil actividades».
Además, han destacado que podrás disfrutar de ella simplemente por residir en Andalucía y tener cumplidos los 65 años. Para ello, se podrán elegir dos modalidades, en función de los ingresos de la persona, que son los siguientes:
- Oro: se concede a aquellas personas cuyos ingresos son inferiores al 75% del IPREM
- Verde: se concede a aquellas personas que superen dichos ingresos
La principal diferencia, en cuanto al disfrute de los servicios ofertados, es que las personas titulares de la Tarjeta Andalucía Junta 65 oro lo van a hacer en unas condiciones más ventajosas.