Las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital (IMV) cobrarán una cuantía mayor en 2025, con respecto a los importes que percibieron durante el año 2025. Esto se debe a una revalorización acordada por el Gobierno de España, que también se aplica para las pensiones no contributivas.
En concreto, el Gobierno de España aprobó una subida del 9% en la cuantía de las pensiones no contributivas y las cuantías del Ingreso Mínimo Vital para este año 2025. De este modo, supone un aumento importante para las personas perceptoras del IMV.
Hay que recordar que el derecho a cobrar la prestación del Ingreso Mínimo Vital se mantiene mientras perduren los requisitos que dieron derecho a su percepción por parte de la Seguridad Social.
Ingreso Mínimo Vital para familia con dos miembros en 2025
La Seguridad Social define la prestación del Ingreso Mínimo Vital de la manera siguiente: «el Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas».
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— Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) January 17, 2025
En este sentido, el Ingreso Mínimo Vital se puede cobrar como beneficiario individual o como miembro de una unidad de convivencia. Es decir, la cuantía garantizada depende del número de miembros que figuran en la misma unidad familiar.
Con la revalorización del 9%, la Renta Básica Garantizada del Ingreso Mínimo Vital para un beneficiario individual se ha situado en 658,81 euros al mes. Debido a que el IMV es una prestación que se devenga en 12 pagas durante el año, supone un importe de 7.905,72 euros al año.
Por su parte, para una familia con dos miembros, la cuantía del Ingreso Mínimo Vital se sitúa en 856,46 euros al mes. De este modo, constituye una cuantía de 10.277,52 euros al año como importe garantizado de la prestación.
En este caso, una unidad familiar con dos miembros puede estar formada por un adulto y un menor, o dos adultos. Así se recoge en la normativa de la Seguridad Social respecto al Ingreso Mínimo Vital.
Familia monoparental con dos miembros
Puede darse el caso de que la unidad familiar con dos miembros sea una unidad monoparental. Es decir, que esté conformada por un adulto y un menor. En este tipo de casos, la Seguridad Social permite percibir el complemento por monoparentalidad del Ingreso Mínimo Vital.
Este complemento económico tiene una cuantía equivalente al 22% de la Renta Básica Garantizada del Ingreso Mínimo Vital. Por tanto, para una unidad familiar monoparental con dos miembros, la cuantía del IMV en 2025 se establece en 1.001,4 euros al mes y 12.016,8 euros al año.
La Seguridad Social también ofrece la posibilidad de cobrar un complemento por discapacidad junto al Ingreso Mínimo Vital, siempre que alguno de los miembros de la unidad familiar tenga reconocida una discapacidad igual o superior al 65%.
En cualquier caso, desde la Seguridad Social recuerdan que «la cuantía del Ingreso Mínimo Vital para el beneficiario individual o la unidad de convivencia será la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos de tales personas, siempre que la cuantía resultante sea igual o superior a 10 euros mensuales».