¿Cómo se tramita esta prestación?

Aunque la gestión depende del IMSERSO, la solicitud se realiza a través de los Servicios Sociales de cada Comunidad Autónoma. Por ejemplo, en el caso concreto de la Comunidad de Madrid se accede a la ayuda a través de la modalidad online de la administración competente. En Ceuta y Melilla, las solicitudes se tramitan directamente en las oficinas del IMSERSO.

Respecto a la documentación necesaria, sería:

  • Fotocopia del DNI o del NIE; en caso de que el interesado sea menor de edad y carezca del DNI, fotocopia del Libro de Familia completo o certificado de nacimiento.
  • Acreditación de los miembros que componen la unidad económica de convivencia y padrón colectivo o certificado de convivencia.
  • En caso de residir en un centro, acompañe el certificado del Director del Centro indicando fecha de ingreso y permanencia en el mismo.
  • En caso de tener representante: fotocopia del DNI o del NIE del representante.  Documento acreditativo de la representación legal o guardador de hecho.
  • Declaración de la renta completa, o en su defecto, documento de datos fiscales y, en ese caso, caso, justificante de percepción de pensiones públicas o cualquier otro documento de ingreso no sujeto a tributación.

Finalmente, en caso de faltar algún documento, la administración lo notificará en un plazo de diez días para que se aporte. El plazo máximo para dictar la resolución es de 90 días.